Ratifican Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo al establecimiento del programa “Vacaciones y Trabajo”
DECRETO SUPREMO
Nº 033-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo al establecimiento del programa “Vacaciones y Trabajo” fue suscrito el 22 de octubre de 2018, en la ciudad de Lima, República del Perú;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo al establecimiento del programa “Vacaciones y Trabajo” suscrito el 22 de octubre de 2018, en la ciudad de Lima, República del Perú.
Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores
1887058-3