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Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 696-MDEA que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de tributos municipales y administrativos

Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA, que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de tributos municipales y administrativos

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 006-2020-A/MDEA

El Agustino, 12 de setiembre del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

EL AGUSTINO

VISTO: El Informe Nº 462-2020-SGRFT-GREN-MDEA de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 181-2020-GREN-MDEA de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 196-A-2020-GAJ-MDEA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 885-A-2020-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal sobre prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales y administrativos, y ;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (…) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades (…), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de junio del 2013 en su artículo 41º establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. De la misma forma el último párrafo del artículo 29º, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de (90) noventa días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de Marzo del 2020, se declaró por el término de quince (15) días calendario, el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, no obstante las medidas adoptadas se aprecia la necesidad de prorrogar el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y ampliado últimamente con Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM prolongándose hasta el 30 de Septiembre;

Que, mediante Ordenanza Nº 696-MDEA de fecha 12 de Junio del 2020, el Concejo Municipal de El Agustino, acuerda aprobar la ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS Y FLEXIBILIDADES TRIBUTARIAS PARA EL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES Y ADMINISTRATIVOS, dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Julio del 2020;

Que, en la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada Ordenanza se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y asimismo su prorroga si fuera el caso;

Que, con Decreto de Alcaldía de Nº 005-2020-A/MDEA de fecha 28 de agosto del 2020 se prorroga el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA hasta el 15 de setiembre del 2020;

Que, mediante Informe Nº 462-2020-SGRFT-GREN-MDEA de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, e Informe Nº 181-2020-GREN-MDEA de la Gerencia de Rentas se solicita se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA de fecha 12 de junio del 2020 hasta el 30 de setiembre del 2020;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 196-A-2020-GAJ-MDEA, considerando los informes de las áreas respectivas opina favorablemente para que mediante Decreto de Alcaldía se establezca la prórroga del vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria de la referida Ordenanza;

Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17º del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su aprobación”;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades:

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 696-MDEA de fecha 12 de junio del 2020 que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales y administrativos hasta el 30 de setiembre del 2020.

Artículo Segundo.- DISPONER a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas correspondiente, el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Sub Gerencia de Participación Vecinal, en coordinación con la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS

Alcalde

1886108-1