Modifican conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad
(Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Oficio N° 241-2020-GRLL-GRA/SGLSG, recibido el 18 de setiembre de 2020)
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
N° 1011-2019-GRLL/GOB
Trujillo, 5 de abril de 2019
VISTO:
El oficio N° 182-2019-GRLL-GGR/GRCTPIP, sobre la modificación de la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de La Libertad, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, en el artículo 9° literal h) establece que los Gobiernos Regionales tienen competencia para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional y en el artículo 34° dispone que tienen competencia para promover proyectos de inversión privada en el ámbito de su jurisdicción dirigidos a lograr el crecimiento económico regional;
Que, de acuerdo al artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1362 Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos de Activos, tratándose de Gobiernos Regionales, las facultades del Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP) se ejercen en forma directa a través del Comité de promoción de la Inversión Privada y el órgano máximo del OPIP es el Consejo Regional.
Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1362, establece que las entidades públicas que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas a la presente norma, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada para desempeñarse como Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP) y como órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último.
Que, el numeral 7.3 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1362, establece que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se realiza mediante Resolución del Gobernador Regional, la misma que debe ser publicada en el diario Oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Asociaciones Público Privadas;
Que, de acuerdo al numeral 17.2 del artículo 17° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, en el caso de los Gobiernos Regionales, las funciones del Comité de Promoción de la Inversión Privada son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1748-2016-GRLL/GOB, se acordó reconformar el Comité de Inversiones del Gobierno regional La Libertad en el marco del Decreto Legislativo N° 1224–Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos de Activos;
Que, encontrándose vigente el Decreto Legislativo N° 1362 – Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y siendo que es primordial optimizar el funcionamiento del mencionado Comité, es necesario modificar la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad, cuyos integrantes deben avocarse al ejercicio de las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normatividad vigente;
En uso de las atribuciones propias conferidas por la ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización concordante a la Ley N° 278667 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias; y con vistos de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: Modificar la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad, el cual se encargará de tramitar y evaluar los proyectos que se presenten ante el Gobierno Regional La Libertad mediante el mecanismo de Asociación Público Privada y Proyectos en Activos, en el marco de las funciones que se le confieren en el Decreto Legislativo N° 1362- Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento; quedando conformado de la siguiente manera:
Miembros Titulares
- Gerente General Regional, quién lo presidirá.
- Gerente Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, como primer miembro.
- Gerente Regional de Contrataciones, como segundo miembro.
Miembros Suplentes
- Gerente General Adjunto, como suplente del Presidente
- Subgerente Promoción de la Inversión Privada, como suplente del primer miembro
- Subgerente de Logística, como suplente del segundo miembro
Artículo Segundo: Encargar a la Gerencia Regional de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial “El Peruano” dentro del plazo de ley.
Artículo Tercero: Encargar a la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y de Promoción de la Inversión Privada comunique la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas dentro del plazo de ley.
Artículo Cuarto: Notificar la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada y al Proyecto Especial Chavimochic.
Registrese y comuniquese
MANUEL FELIPE LLEMPÉN CORONEL
Gobernador Regional
1886257-1