Aceptan donación económica efectuada por la Asociación Pataz a favor de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz del Gobierno Regional La Libertad
ACUERDO REGIONAL
Nº 091-2020-GRLL/CR
Trujillo, 7 de setiembre del 2020.
ACUERDAN ACEPTAR LA DONACIÓN ECONÓMICA EFECTUADA POR LA ASOCIACIÓN PATAZ A FAVOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PATAZ DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD; DESTINADA A LA AMPLIACIÓN DE LA COBERTURA DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES DEL NIVEL INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA EN EL DISTRITO DE PATAZ.
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Extraordinaria Virtual de fecha 07 de setiembre de 2020, VISTO Y DEBATIDO, el Oficio Nº 286-2020-GRLL-GOB/GGR, remitido por el señor Gerente General del Gobierno Regional de la Libertad, vía delegación de facultades por parte del señor Gobernador Regional; y, mediante el cual remite el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a la aceptación de la donación económica efectuada por la Asociación Pataz a favor de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz del Gobierno Regional La Libertad; destinada a la ampliación de la cobertura del servicio educativo en las instituciones del nivel Inicial, Primaria y Secundaria en el Distrito de Pataz, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, los literales a) y d) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios;
Que, las Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs) son instancias de ejecución descentralizada de la Gerencia Regional de Educación del Gobierno Regional La Libertad con autonomía en el ámbito de su competencia y debe de contribuir a la formulación de la política educativa local regional y nacional, así mismo, diseña, ejecuta y evalúa el Proyecto Educativo de su jurisdicción en concordancia con los Proyectos Educativos Regionales y Nacionales;
Que, la Unidad de Gestión Educativa Local de Pataz, en el marco del objetivo de fortalecer la Gestión Educativa descentralizada participativa, eficaz, eficiente y transparente; y con la finalidad de financiar la contratación de personal docente para los servicios educativos en las instituciones del nivel Inicial, Primaria y Secundaria en el distrito de Pataz; con fecha 17 de febrero del Año 2020, suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Asociación Pataz, organismo no gubernamental sin fines de lucro, dedicada a la búsqueda de beneficios y desarrollo de las poblaciones, comunidades campesinas, entre otros, en el departamento de La Libertad, canalizando las contribuciones de empresas e instituciones públicas y privadas para realizar proyectos de desarrollo integral en las comunidades rurales más necesitadas;
Que, en contexto de lo precitado, mediante Oficio Nº 053 -2020-GRLL-GGR GRSEIUGEL-PATAZIDIR, el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz, solicita la incorporación de mayores Recursos a su Presupuesto vía crédito suplementario hasta por la suma de S/. 202,680.00, por la Fuente Financiamiento Donaciones y Transferencia con cargo a los fondos donados por la Asociación Pataz, que ha realizado de acuerdo al Convenio Suscrito; fondos que están destinados a de financiar el pago de 22 docentes contratados; que corresponde a (1) docente para el nivel educativo Inicial, trece (13) docentes para el nivel educativo de Primaria y ocho (8) docentes para el nivel educativo de Secundaria que vienen laborando en las instituciones educativas del distrito de Pataz;
Que, el numeral 70.1 del artículo 70º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las vinculadas operaciones de endeudamiento público, se aceptan mediante Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y su finalidad;
Que, en concordancia con lo establecido, en la disposición citada en el considerando precedente mediante OFICIO Nº 0293-2020-GRLL-GGR/GRP, la Gerencia Regional de Presupuesto expresa la opinión favorable, con respecto a los fondos donados por la Asociación Pataz, destinados a financiar el pago a 22 docentes contratados en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito, con finalidad de ampliar la cobertura del servicio educativo en las instituciones del nivel Inicial, Primaria y Secundaria en el distrito de Pataz;
Que, con Informe Legal Nº 104-2020-GRLL-GGR/GRAJ-VLAS, y remitido mediante Oficio Nº 896-2020-GRLL-GGR/GRAJ, la Gerente Regional de Asesoría Jurídica, Abog. Juanita Amanda Vilca Bejarano opina que es viable la aprobación del acuerdo de consejo regional, relativo a la aceptación a la donación económica efectuada por la Asociación Pataz a favor de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz del Gobierno Regional La Libertad; destinada al pago de veintidós (22) docentes contratados en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito con la Asociación Pataz, con la finalidad de ampliar la cobertura del servicio educativo en las instituciones del nivel inicial, primaria y secundaria en el Distrito de Pataz;
Que, en Sesión Extraordinaria Virtual de fecha 07 de setiembre de 2020 el señor Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional la aprobación del Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a la aceptación de la donación económica efectuada por la Asociación Pataz a favor de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz del Gobierno Regional La Libertad; destinada a la ampliación de la cobertura del servicio educativo en las instituciones del nivel Inicial, Primaria y Secundaria en el Distrito de Pataz; a fin que, con dispensa de dictamen de comisión, se acuerde su aprobación por el Pleno del Consejo Regional, el mismo que contó con la participación del Gerente General Regional, Gerente Regional de Asesoría Jurídica y Gerente Regional de Presupuesto; cuyas intervenciones constan en el acta correspondiente a la presente sesión;
Que, en virtud del principio de Presunción de Veracidad y Buena fe Procedimental, se debe asumir que los órganos competentes del Gobierno Regional La Libertad, proporcionan información fidedigna al Consejo Regional, que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que, conforme a la labor remota que vienen realizado los órganos administrativos del Gobierno Regional de La Libertad, conforme a los lineamientos dictados por el estado en el marco de la emergencia ocasionada por el COVID-19, la documentación se deriva y recepciona mediante correos electrónicos institucionales; y,
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27827 y sus modificatorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de Acta y con dispensa de dictamen de comisión, el Pleno del Consejo Regional APROBÓ POR UNANIMIDAD;
Artículo Primero.- ACEPTAR, la donación económica ascendente a la suma de DOSCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/. 202,680.00) efectuada por la Asociación Pataz a favor de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz del Gobierno Regional La Libertad; destinada al pago de veintidós (22) docentes contratados en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito con la Asociación Pataz, con la finalidad de ampliar la cobertura del servicio educativo en las instituciones Educativas del nivel Inicial, Primaria y Secundaria en el distrito de Pataz.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional para aprobar vía crédito suplementario la incorporación de los recursos indicados en el artículo precedente al Presupuesto Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz, destinada al pago de veintidós (22) docentes contratados en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito con la Asociación Pataz, para ampliar la cobertura del servicio educativo en las instituciones Educativas del nivel Inicial, Primaria y Secundaria en el distrito de Pataz.
Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.
POR TANTO:
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
GRECO QUIROZ DIAZ
Presidente
Consejo Regional La Libertad
1885841-5