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Aprueban la Directiva D-009-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías- Sutran

Aprueban la Directiva D-009-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº D000043-2020-SUTRAN-SP

Lima, 15 de septiembre del 2020

VISTOS: El Informe Nº D000051-2020-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Memorando N° D000542-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Informe N° D000282-2020-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando N° D000866-2020-SUTRAN-GSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, , el Memorando N° D000954-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando Nº D000327-2020-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000299-2020-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000157-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar de acuerdo con sus competencias los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional;

Que, mediante el Informe Nº D000051-2020-SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta la aprobación del proyecto de “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, a través del Memorando N° D000542-2020-SUTRAN-GPS, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones manifiesta su conformidad respecto al proyecto de “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, mediante el Informe N° D000282-2020-SUTRAN-GAT, la Gerencia de Articulación Territorial manifiesta su conformidad respecto al proyecto de “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, mediante el Memorando N° D000866-2020-SUTRAN-GSF, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización manifiesta su conformidad respecto al proyecto de “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, mediante Memorando N° D000954-2020-SUTRAN-UR la Unidad de Recursos Humanos emite opinión respecto a los proyectos de directivas remitidos por la Gerencia de Estudios y Normas, entre los cuales, se encuentra el proyecto de “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, a través del Memorando Nº D000327-2020-SUTRAN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000137-2020-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable para la aprobación del proyecto de “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;

Que, mediante el Informe Nº D000299-2020-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de “Directiva que regula la fiscalización de los Centros de Evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran” se adecúa a las disposiciones normativas de la Directiva D-013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01, que regula la formulación de documentos normativos en la entidad, y dado que constituiría un documento normativo que regule la gestión de aspectos técnicos y administrativos relacionados con un tipo de administrado fiscalizado, corresponde su aprobación a través de resolución de Superintendencia;

Que, a través del Informe N° D000157-2020-SUTRAN-GG, la Gerencia General hace suyo el informe de la Oficina de Asesoría Jurídica en cuanto a la viabilidad de la aprobación de la “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran;

Que, resulta necesario contar con un instrumento que establezca disposiciones que faciliten una adecuada fiscalización por parte de la entidad a los centros de evaluación, entidades encargada de la evaluación de conocimientos y habilidades en la conducción de vehículos de transporte terrestre de personas, carga y mercancías;

De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran; la Directiva N° D-013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01 “Directiva que regula la formulación, aprobación y modificación de documentos normativos en la SUTRAN”, aprobada con la Resolución de Gerencia General Nº 112-2018-SUTRAN/01.3; en ejercicio de la atribución señalada en el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; y contando con los vistos buenos de la Unidad de Recursos Humanos, las gerencias de Estudios y Normas, de Supervisión y Fiscalización, de Procedimientos y Sanciones y de Articulación Territorial, las oficinas de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y la Gerencia General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva D-009-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, la misma que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal web institucional, www.sutran.gob.pe, y en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA

Superintendente

Superintendencia

1885535-1