Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria

Modifican el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

Nº 0103-2020-MTC/04

Lima, 15 de setiembre de 2020

VISTO: El Informe Nº 073-2020-MTC/04.02 de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Secretarial Nº 070-2020-MTC/04, se aprueba el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, el mismo que ha sido modificado por Resolución Secretarial Nº 079-2020-MTC/04, a fin de contar con disposiciones que garanticen la atención oportuna de los usuarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1497, se establecen medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19;

Que, con Resolución Ministerial Nº 0283-2020-MTC/01, se aprueba el listado de Procedimientos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que no se encuentran sujetos a la suspensión de plazos de tramitación establecida en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020 y sus prórrogas, en el artículo 28 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020 y sus prórrogas, en el artículo 12 del Decreto de Urgencia Nº 053-2020 y en el Decreto de Supremo Nº 087-2020-PCM; los cuales pueden ser tramitados a través del sistema TUPA Digital y Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como la Ventanilla Única de Comercio Exterior;

Que, con Resolución Ministerial Nº 0284-2020-MTC/01.02, se aprueba el listado de procedimientos de los proyectos de Asociación Público Privada (APP) en infraestructura de Transportes que se encuentran en trámite en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, considerados en la Fase 1 de la Reanudación de Actividades aprobada por el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, cuya tramitación no se encuentra sujeta a la suspensión de plazos que establece el artículo 28 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, el artículo 12 del Decreto de Urgencia Nº 053-2020 y el artículo 2 del Decreto de Supremo Nº 087-2020-PCM; los cuales se tramitan a través de la Mesa de Partes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos 1203 – Cercado de Lima;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19; habiéndose prorrogado tal plazo mediante los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA y Nº 027-2020-SA, siendo la última prórroga por el plazo de noventa (90) días calendario adicionales contados a partir del 8 de setiembre de 2020;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, se declara el Estado de Emergencia Nacional y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, habiéndose prorrogado dicho plazo por los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 116-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM y Nº 146-2020-PCM hasta el miércoles 30 de setiembre de 2020;

Que, con Informe Nº 073-2020-MTC/04.02, la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental sustenta y propone la modificación del “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, con la finalidad de poder contar con disposiciones que garanticen la atención virtual oportuna de los usuarios en el marco de lo señalado en el Decreto Legislativo Nº 1497;

Que, en ese contexto, resulta necesario modificar el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el numeral 9.3 del Apartado IX, así como el literal a) del numeral 10.1 del Apartado X del “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, aprobado con Resolución Secretarial Nº 070-2020-MTC/04, y modificado con Resolución Secretarial Nº 079-2020-MTC/04, en los siguientes términos:

“IX. ATENCIÓN DE TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

(...)

9.3 Los documentos pueden ser presentados sin restricción de horarios. Sin embargo, la recepción se efectuará luego de la validación del cumplimiento de los requisitos indicados en el presente protocolo, durante el horario de lunes a viernes de 10:00 a 19:00 horas.

(...).”

“X. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y TRÁMITES EN LOS ESPACIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

10.1 Consideraciones generales

a) El horario de atención de los espacios de atención al público durante el periodo de emergencia sanitaria es de lunes a viernes de 10:00 a 19:00 horas.

(...).”

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Notificar copia de la presente Resolución Secretarial a las unidades de organización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TABATA DULCE VIVANCO DEL CASTILLO

Secretaria General

1885226-1