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Aprueban modificatoria del Anexo: Formato Único del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2020

Aprueban modificatoria del Anexo: “Formato Único” del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2020

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 0113-2020-A-MDMM

Magdalena del Mar, 11 de agosto del año 2020

EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR

VISTOS: El Memorando Nº 263 -2020-GDSGA-MMDM de la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, el Memorando Nº 078-2020-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, e Informe Nº 400-2020-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la modificación del ANEXO “Formato Único” del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 de la Municipalidad de Magdalena del Mar, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 3º de la Ley Nº28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidos en la presente Ley;

Qué; el artículo 9º de la norma acotada, establece que la Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperar del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona;

Que, el artículo 4º de la Ley Nº29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y fiscalización Ambiental; a) El Ministerio del Ambiente (MINAM); b) El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), y c) Las Entidades de Fiscalización Ambiental, Nacional, Regional y Local (EFA);

Que, el artículo 7º de la precitada norma, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA. Estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la presente Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema;

Que, con Resolución de Consejo Directivo Nº004-2019-OEFA/CD publicada en el diario oficial “EL PERUANO” el 5 de febrero de 2019, se aprueba los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA, derogándose la Resolución de Consejo Directivo Nº004-2014-OEFA/CD y su modificatoria;

Que, el artículo 8º de la norma acotada, establece que el PLANEFA se aprueba mediante Resolución del Titular de la OEFA, y se puede modificar siguiendo los mismos pasos que para su aprobación;

Que mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 046-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 057-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 064-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 075-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM, que declararon el Estado de Emergencia Sanitaria, la cuarentena obligatoria, la ampliación de las mismas, entre otras medidas, desde el 16 de marzo hasta el 30 de junio de 2020;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, se aprueba la implementación de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, y mediante Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, se amplía el Estado de Emergencia hasta el 31 de julio de 2020 y además la aplicación de la cuarentena focalizada;

Que, mediante Memorando Nº 078-2020-GPP-MDMM la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable sobre la aprobación de la modificatoria del ANEXO “Formato Único” del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2020; precisando;

Que, mediante Memorando Nº 263-2020-GDSGA-MDMM la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, emite opinión técnica favorable sobre la aprobación de la modificatoria del ANEXO “Formato Único” del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2020;

Que, mediante Informe Nº 400-2020-GAJ-MDMM la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión técnica favorable sobre la aprobación de la modificatoria del ANEXO “Formato Único” del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2020;

Estando a lo expuesto, con opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de sus facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 43º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la modificatoria del ANEXO: “Formato Único” del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2020 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental el envío de la modificatoria del ANEXO “Formato Único” del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2020 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental y Sub Gerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones, la ejecución, supervisión y evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2020 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, de acuerdo a sus funciones, competencias y según la nueva modificatoria.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Electrónico, la publicación de la presente Resolución y sus respectivos anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar: www.munimagdalena.gob.pe.

Regítrese, comuníquese, publíquese y cúmplase;

CARLOMAGNO CHACÓN GOMEZ

Alcalde

1882213-1