Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, correspondiente al mes de junio, julio y agosto de 2020
Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 032-2020-INAIGEM/PE
Huaraz, 31 de agosto de 2020
VISTOS:
El Informe Nº D000011-OPPM-GG-INAIGEM-2020 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Inaigem; y el Informe Nº D000005- OAJ-GG-INAIGEM-2020 de la Oficina de Asesoría Jurídica del INAIGEM, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30286, se crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem) como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera que constituye un pliego presupuestal;
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 090-2019-INAIGEM/PE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 056: Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem), por toda fuente de financiamiento;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID- 19, se establece la reducción temporal, por un periodo de tres (03) meses, de la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de diversos funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, que sea igual o mayor a S/. 15,000.00 (Quince Mil y 00/100 soles). Los ahorros derivados de dicha reducción que se efectuará durante los meses de junio, julio y agosto de 2020, de acuerdo con determinadas reglas, contribuirán con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID- 19);
Que, el numeral 6.1 del artículo 6º de la acotada norma, autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a realizar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19. Asimismo, el numeral 6.4 del citado artículo, señala que para efectos del financiamiento de lo establecido en el numeral 6.1, autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo, a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los referidos servidores y funcionarios públicos. Dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, en ese marco, a través de los Informes Nº 206-2020-INAIGEM/GG-OADM- RRHH, Nº 256-2020-INAIGEM/GG-OADM-RRHH y, Nº D000013-RRHH-OADM-GG-INAIGEM-2020, el Especialista Responsable en Recursos Humanos (e) informa sobre el importe de los descuentos efectuados en la planilla de servidores pertenecientes al Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) de la entidad, realizado a los servidores comprendidos en el Decreto de Urge9ncia Nº 063-2020, por el importe de S/. 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Soles), a razón de S/. 1,500.00 (Un Mil Quinientos y 00/100 Soles), por los meses de junio, julio y agosto de 2020;
Que, con Informe Nº D000011-OPPM-GG-INAIGEM-2020, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, señala que se cuenta con los créditos presupuestarios disponibles para autorizar la transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en atención a la Certificación de Crédito Presupuestario – Nota Nº 037, por el importe de S/. 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Soles), emitida por dicha oficina; por lo que emite opinión favorable para efectuar la transferencia financiera a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, por el importe en mención, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la entidad;
Que, con Informe Nº D000005-OAJ-GG-INAIGEM-2020 la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable autorizar una transferencia financiera al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por el importe total de S/. 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Soles), proveniente de la reducción de ingresos a los funcionarios y a los servidores comprendidos en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020, dando cumplimiento a lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6º de la citada norma;
Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30286, que crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña; el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; y, el Decreto Supremo Nº 004-2016-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Inaigem, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2020-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 056: Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - Inaigem, en la fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios hasta por la suma total de S/. 4,500,00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Soles), a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinados a financiar lo dispuesto en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, correspondiente al mes de junio, julio y agosto de 2020, de acuerdo al detalle del anexo que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Administración de la entidad, efectúe las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3º.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1º de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Copia de la presente resolución se remite al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para su conocimiento.
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inaigem) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HERNANDO JHONNY TAVERA HUARACHE
Presidente Ejecutivo (e)
INAIGEM
ANEXO
FINANCIAMIENTO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL PLIEGO 056 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA - INAIGEM A FAVOR DEL PLIEGO 006 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
CATEGORIA PRESUPUESTAL/ PRODUCTO/ FINALIDAD |
Junio |
Julio |
Agosto |
Total Transfe- rencia |
9002 Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos |
1,500.00 |
1,500.00 |
1,500.00 |
4,500.00 |
FF Recursos Ordinarios |
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Producto 3999999 Sin Producto |
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Actividad 5006269, Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus |
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Finalidad 0038912 Transferencia Financiera para Actividades |
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GG 2.4. Donaciones y Transferencias |
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Especifica de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional |
1884320-1