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Oficializan Acuerdos mediante los cuales se aprobaron los documentos técnicos denominados: Normas de Competencia Registrar y reportar información hidrometeorológica y Normas de Competencia Realizar mantenimiento preventivo a instrumentos hidrometeorológicos

Oficializan Acuerdos mediante los cuales se aprobaron los documentos técnicos denominados: Normas de Competencia “Registrar y reportar información hidrometeorológica” y Normas de Competencia “Realizar mantenimiento preventivo a instrumentos hidrometeorológicos”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 000134-2020-SINEACE/CDAH-P

San Isidro, 10 de septiembre de 2020

VISTO:

El Informe Nº 000045-2020-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, a través del Sistema de Gestión Documental; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo;

Que, el numeral 7.1. de la Directiva Nº 0003-2020-SINEACE/P, Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias, aprobada mediante Resolución de Presidencia Nº 000121-2020-SINEACE/CDAH-P, de 31 de julio 2020, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de agosto 2020, señala que los procesos de normalización y los procesos de certificación de evaluadores programados y los que se encuentren en proceso a la fecha de aprobación de la presente directiva, continúan rigiéndose hasta su culminación por los instrumentos por los cuales se inició;

Que, así, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P de fecha 15 de junio 2015, se aprobó la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo”, cuyo numeral 2.5 establece los requisitos para la aprobación, oficialización y publicación de las Normas o Estándares de competencias profesionales a nivel técnico productivo y que, según el numeral 2.6 de la citada Guía, cuentan con una vigencia de cinco (05) años;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (…)”;

Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Básica y Técnico Productiva, tomando como base lo contenido en el Informe Nº 000023-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP-JVA, propone la aprobación de las Normas de Competencias “Registrar y reportar información hidrometeorológica” y “Realizar mantenimiento preventivo a instrumentos hidrometeorológicos”;

Que, mediante Informe Nº 000152-2020-SINEACE/P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que la aprobación de las citadas Normas de Competencia cumplen con los requisitos establecidos por la normatividad aplicable al caso, recomendando su aprobación;

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, en sesión de fecha 27 de agosto 2020, arribaron a los Acuerdos Nº 106-2020-CDAH y Nº 107-2020-CDAH, mediante los cuales se aprobaron, respectivamente, los documentos técnicos denominados Normas de Competencia “Registrar y reportar información hidrometeorológica” y Normas de Competencia “Realizar mantenimiento preventivo a instrumentos hidrometeorológicos”;

Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva y la Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; la Ley Nº 30220 Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficializar los Acuerdos Nº 106-2020-CDAH y Nº 107-2020-CDAH, de sesión de fecha 27 de agosto 2020, mediante los cuales el Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace aprobó, respectivamente, los documentos técnicos denominados: Normas de Competencia “Registrar y reportar información hidrometeorológica” y Normas de Competencia “Realizar mantenimiento preventivo a instrumentos hidrometeorológicos”, los mismos que en anexo forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma digital única del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA

Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc

Sineace

1884094-1