Ordenanza que aprueba procedimientos, servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación y dispone su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 002-2018-MDP
Pacarán, 10 de octubre del 2018
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE PACARAN
VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 020-2018 de fecha 09 octubre del 2018, referido a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú;
Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad;
Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal;
Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario oficial El Peruano, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional;
Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, la cual regula el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Cañete que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones;
Que, con el apoyo de las distintas sub Gerencias y oficinas se ha elaborado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pacarán, a través del cual se aprueban los procedimientos administrativos y derechos de tramitación de los mismos, contando para ello con la opinión favorable de la Asesoría Legal Externa y la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal;
Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN Y DISPONE SU INCLUSIÓN EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACARAN
Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos y Servicios Brindados en Exclusividad Apruébense los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA que figura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Aprobación de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA.
Apruébense los 132 derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, conforme a la relación que se detalla a continuación:
Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL TUPA, Apruébense el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Pacarán, que como Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación aprobados.
Artículo Cuarto.- EXIGIBILIDAD de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA.
Dispóngase que los derechos de tramitación a los que se hace referencia el artículo primero, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que los ratifique y de la presente ordenanza.
Artículo Quinto.- ADECUACIÓN de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976 y Ley Nº 29090; Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con Licencia de Funcionamiento, se encuentran adecuados al Texto Único Ordenando de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento – Ley Nº 28976, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, y al Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16º del TUO de la Ley Nº 28976, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional de las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zonificación e índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la finalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento.
Asimismo, los procedimientos vinculados a autorizaciones y licencias para la realización de habilitaciones urbanas y edificaciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones – Ley Nº 29090, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA, y el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA.
Artículo Sexto.- ADECUACIÓN de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29022; Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para instalación de infraestructura de telecomunicaciones se encuentran adecuados a la Ley Nº 29022 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC.
En cumplimiento de las formalidades previstas en las citadas normas, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional o en el Diario Oficial El Peruano y/o uno de mayor circulación nacional, las estructuras de costos que sustenten la determinación del importe de las tasas que cobren de los procedimientos de telecomunicaciones.
Artículo Sétimo.- PUBLICIDAD
La presente Ordenanza y el Acuerdo ratificatorio serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario Oficial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pacarán.
Artículo Octavo.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que la ratifique y de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes.
Artículo Noveno.- FACÚLTESE al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacarán, para que mediante Resolución o Decreto de Alcaldía apruebe los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, los mismos que serán de distribución gratuita o de libre reproducción.
Artículo Décimo.- ENCARGAR el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Pacarán.
Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal que remita la presente Ordenanza para su trámite de ratificación ante la Municipalidad Provincial de Cañete.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUISA MENESES RIVADENEYRA
Alcaldesa
1883823-1