Modifican procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 1)
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 000148 -2020/SUNAT
MODIFICAN PROCEDIMIENTO
GENERAL “MATERIAL DE GUERRA”
DESPA-PG.20 (versión 1)
Lima, 9 de septiembre de 2020
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 002126-1998 se aprobó el procedimiento general “Material de guerra”, recodificado con Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/5F0000 como DESPA-PG.20, el cual establece las pautas a seguir para el control del ingreso y salida de las mercancías consideradas material de guerra;
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 1 del Decreto Ley N° 14568, la carga clasificada como material de guerra podrá ser retirada directamente por los institutos armados libre del pago de derechos de importación, consulares adicionales y derechos portuarios;
Que la importación del material de guerra, calificado como tal conforme al Decreto Ley N° 14568 y normas reglamentarias y complementarias, efectuada por los institutos armados, se encuentra liberada del pago de derechos arancelarios pero afecta al impuesto general a las ventas e impuesto de promoción municipal; en tanto que la importación del material de guerra efectuada por el Ministerio del Interior se encuentra afecta al pago de todos los tributos aplicables a la importación;
Que, por lo expuesto, corresponde modificar la sección VI del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20, a fin de adecuar el mencionado procedimiento a la normatividad vigente;
Que, de otro lado, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que es innecesario en la medida que su finalidad es adecuar el procedimiento a la normativa vigente;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modificatorias, y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Derogación
Derogar el numeral 2 de la sección VI del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 1).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO
Superintendente Nacional
1883782-1