Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Anexo 1 del Programa Anual de Promociones 2020 aprobado por R.M. N° 007-2020-MINEM/DM

Modifican el Anexo 1 del Programa Anual de Promociones 2020, aprobado por R.M. N° 007-2020-MINEM/DM

resolución ministerial

n° 273-2020-minem/dm

Lima, 10 de setiembre de 2020

VISTOS: El Informe N° 010-2020-MINEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 550-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, se crea el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), como un sistema de compensación energética que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía;

Que, la citada Ley y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM, establecen que el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) aprueba el Plan de Acceso Universal a la Energía; y que los proyectos incluidos en dicho Plan son priorizados de acuerdo a la disponibilidad del FISE y conforme al Programa Anual de Promociones, aprobado por el MINEM, entidad decisora y promotora de los proyectos a financiarse con recursos del FISE;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 203-2013-MEM/DM, se aprueba el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, el cual tiene como objetivo general promover, desde el ámbito energético, un desarrollo económico eficiente, sustentable con el medio ambiente y con equidad, implementando proyectos que permitan ampliar el acceso universal al suministro energético, priorizando el uso de fuentes energéticas disponibles, debiendo establecer su viabilidad técnica, social y geográfica de los proyectos mencionados, con el objeto de generar una mayor y mejor calidad de vida de las poblaciones de menores recursos en el país;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 7 del Plan de Acceso Universal a la Energía 2013–2022, se prevé ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural a través de cuatro mecanismos generales: i) Programas de Promoción de Masificación del Uso de Gas Natural; ii) Promoción y/o Compensación para el Acceso al GLP; iii) Programas de Desarrollo de Nuevos Suministros en la Frontera Energética; y, iv) Programas y Mejora de Uso Energético Rural;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 007-2020-MINEM/DM se aprueba el “Programa Anual de Promociones 2020” que contiene los programas destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural; considerando, entre otros, el Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao; el Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Ica; el Programa de Promoción de Vehículos de GNV en las regiones de Lima, Callao, Ica, Lambayeque, Piura, Ancash, La Libertad, Junín, Cajamarca, Arequipa, Moquegua, Tacna y Cusco; el Proyecto Especial de Gas Natural en Puno – Desaguadero y el Programa masivo fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a red;

Que, como parte de la masificación del gas natural vehicular, es necesario incluir en el Programa Anual de Promociones 2020, un proyecto piloto para el financiamiento de la conversión de vehículos pesados a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de ampliar el número de beneficiarios del FISE y coadyuvar a la masificación del gas natural en el país, a través de la inclusión de nuevas categorías de vehículos que usan GNV, tales como los que presten servicio de transporte público urbano de pasajeros;

Que, asimismo, es necesario incrementar el número de usuarios residenciales conectados a las redes de distribución de gas natural, por lo que se debe incorporar proyectos que incluyan a zonas altoandinas sin acceso a este recurso energético;

Que, de otro lado, actualmente existen zonas que sufren efectos en la salud, producto de las heladas y el friaje, siendo un factor condicionante, la falta de acceso a la energía; razón por la cual resulta pertinente incorporar proyectos en el Programa Anual de Promociones 2020, que coadyuven a lograr la ampliación de la frontera energética;

Que, cabe indicar que, para la asignación de la compensación social y promoción para el acceso al GLP, actualmente se solicita como requisito, la tenencia de cocina a GLP, condición que para la población más vulnerable constituye, en muchos casos, un impedimento para recibir el citado beneficio; por lo que resulta necesario reiniciar el proyecto de entrega del kit de cocina a GLP antes mencionado;

Que, en ese sentido resulta necesario modificar el Anexo 1 de la Resolución Ministerial N° 007-2020-MINEM/DM que aprobó el “Programa Anual de Promociones 2020”, el cual contiene los Programas destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural, con el objeto de incorporar nuevos proyectos tales como: el Proyecto de conversión de vehículos pesados a GNV–Etapa I; el Proyecto Piloto de Gas Natural en zonas Alto Andinas–Etapa I; el Proyecto de entrega de kits de cocina a GLP – Etapa I; el Proyecto de Ampliación de Frontera Energética para el Mejoramiento Térmico mediante la provisión de calefactor solar en la zona rural del sur del país – Etapa I; el Proyecto de Ampliación de Frontera Energética mediante instalación de paneles fotovoltaicos en zonas rurales de la Amazonía – Etapa I, y el Proyecto de Ampliación de Frontera Energética mediante instalación de sistemas de iluminación fotovoltaicas en zonas rurales del sur del país – Etapa I; a efectos de continuar su ejecución y de esa manera se promueva el uso del Gas Natural y el cierre de brechas energéticas, en concordancia con el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 – 2022;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE); la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de la Ley N° 29852, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2012-EM y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007- EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Anexo 1 del Programa Anual de Promociones 2020, aprobado por Resolución Ministerial N° 007-2020-MINEM/DM, conforme al detalle que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Publíquese en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), los informes sustentatorios de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL INCHÁUSTEGUI ZEVALLOS

Ministro de Energía y Minas

1884098-2