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Aprueban la Directiva N° 007-2020-MIDIS denominada Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa frente al COVID-19

Aprueban la Directiva N° 007-2020-MIDIS denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”

Resolución Ministerial

Nº 147-2020-MIDIS

Lima, 9 de septiembre de 2020

VISTOS:

Los Memorandos N° 135-2020-MIDIS/VMPES y N° 151-2020-MIDIS/VMPES, emitidos por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; los Informes N° 27-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, N° 38-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT y el Memorando N° 190-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, emitidos por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; los Informes N° 61-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, N° 79-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT y N° 148-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, emitidos por la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Memorando N° 421-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 271-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del coronavirus (COVID-19), disponiéndose las medidas de prevención y control para evitar su propagación; la cual es prorrogada por Decreto Supremo N° 020-2020-SA y Decreto Supremo N° 027-2020-SA, respectivamente;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 025-2020 se dictan medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por un nuevo coronavirus (COVID -19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de afectación a ésta;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2020 se aprueban medidas adicionales extraordinarias para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad, causada por el virus del COVID-19;

Que, el citado Decreto de Urgencia N° 026-2020 dispone que, en un plazo no mayor de tres (03) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, se establece mediante Decreto Supremo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el diseño de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa. Asimismo, que dicho Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Salud, la Ministra de Economía y Finanzas, y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última; y que; la implementación de la mencionada Red se coordina con el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Seguro Social de Salud (EsSalud), la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), la Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales, el Seguro Integral de Salud (SIS), los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;

Que, en tal contexto, mediante Decreto Supremo Nº 005-2020-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2020-MIDIS, se establece el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor de Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, con el propósito de articular el trabajo territorial entre los diferentes sectores y niveles de gobierno para el seguimiento nominal y la atención oportuna de la población objetivo, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del coronavirus (COVID-19);

Que, el artículo 6 del referido Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, modificado mediante Decreto Supremo N° 008-2020-MIDIS, establece que la implementación del paquete de servicios priorizados se realiza en tres fases: i) Identificación de las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa; ii) Entrega de paquete de servicios priorizados, según corresponda; (iii) Seguimiento nominal de la población objetivo; adicionalmente, el numeral 6.4 del acotado artículo señala que el desarrollo de las fases se especifica en un documento técnico aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en coordinación con el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 066-2020-MIDIS se aprueba la Directiva N° 005-2020-MIDIS denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”, con el objetivo de establecer el funcionamiento de la Red de Soporte, que articula el trabajo territorial entre los diferentes sectores y niveles de gobierno para el seguimiento nominal y la entrega de paquete de servicios priorizado de la población objetivo; en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control de la infección por coronavirus (COVID-19);

Que, en el marco de las competencias y funciones establecidas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS,la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial y la Dirección de Articulación Territorial, en el Memorando N° 190-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, y en los Informes N° 27-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, N° 38-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, N° 61-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, N° 79-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, y N° 148-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, respectivamente; sustentan la necesidad de actualizar, entre otros, la Directiva denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”;

Que, la propuesta de actualización de la Directiva se ha realizado de manera coordinada con los representantes del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PAIS), y con la opinión de la Dirección General de Políticas y Estrategias, Dirección General de Seguimiento y Evaluación, y la Dirección General de Focalización e Información Social, contando con la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, según lo expresado en los Memorandos N° 135-2020-MIDIS/VMPES y N° 151-2020-MIDIS/VMPES;

Que, asimismo la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, con Memorando Nº 421-2020-MIDIS-SG/OGPPM e Informe Nº 53-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OM, emiten opinión favorable sobre la propuesta de actualización de la Directiva denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”;

Que, por lo expuesto y en el marco de la normativa aplicable, resulta necesario aprobar la actualización de la Directiva denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”;

Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación de la enfermedad del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional; en el Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, que aprueba el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, modificado mediante Decreto Supremo N° 008-2020-MIDIS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Directiva

Aprobar la Directiva N° 007-2020-MIDIS denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”; según el texto que, en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial N° 066-2020-MIDIS, que aprobó la Directiva N° 005-2020-MIDIS denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

1883743-1