Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la modificación al Paquete de Servicios Priorizados para las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa

Aprueban la modificación al Paquete de Servicios Priorizados para las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa

Resolución Ministerial

Nº 146-2020-MIDIS

Lima, 9 de septiembre de 2020

VISTOS:

Los Memorandos N° 135-2020-MIDIS/VMPES y N° 151-2020-MIDIS/VMPES, emitidos por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; los Informes N° 27-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT y N° 38-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT y el Memorando N° 190-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, emitidos por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; los Informes N° 61-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, N° 79-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT y N° 148-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, emitidos por la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Informe N° 118-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 271-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del coronavirus (COVID-19), disponiéndose las medidas de prevención y control para evitar su propagación; la cual es prorrogada por Decreto Supremo N° 020-2020-SA y Decreto Supremo N° 027-2020-SA, respectivamente;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 025-2020 se dictan medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por un nuevo coronavirus (COVID -19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de afectación a ésta;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2020 se aprueban medidas adicionales extraordinarias para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad, causada por el virus del COVID-19;

Que, el citado Decreto de Urgencia N° 026-2020 dispone que, en un plazo no mayor de tres (03) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, se establece mediante Decreto Supremo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el diseño de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa. Asimismo, que dicho Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Salud, la Ministra de Economía y Finanzas, y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última; y que; la implementación de la mencionada Red se coordina con el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Seguro Social de Salud (EsSalud), la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), la Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales, el Seguro Integral de Salud (SIS), los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;

Que, en tal contexto, mediante Decreto Supremo Nº 005-2020-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2020-MIDIS, se establece el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor de Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, con el propósito de articular el trabajo territorial entre los diferentes sectores y niveles de gobierno para el seguimiento nominal y la atención oportuna de la población objetivo, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del coronavirus (COVID-19);

Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del citado Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, dispone que, mediante Resolución Ministerial, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprueba las modificaciones al paquete de servicios priorizados, en función de las prioridades y condiciones que motivan la intervención;

Que, bajo ese marco y atendiendo a las competencias y funciones establecidas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial y la Dirección de Articulación Territorial, en el Memorando N° 190-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, y en los Informes N° 27-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, N° 38-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, N° 61-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, N° 79-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, y N° 148-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, respectivamente; sustentan la necesidad de modificar el Paquete de Servicios Priorizados para las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa;

Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, con Informe Nº 118-2020-MIDIS/SG/OGPPM e Informe Nº 55-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OM, respectivamente, emiten opinión favorable sobre la propuesta de modificación del “Paquete de Servicios Priorizados para las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa”;

Que, con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional; el Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, que aprueba el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, modificado mediante Decreto Supremo N° 008-2020-MIDIS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la modificación al Paquete de Servicios Priorizados para las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa

Aprobar la modificación al Paquete de Servicios Priorizados para las Personas Adultas Mayores con Alto Riesgo y Personas con Discapacidad Severa, en el marco de lo dispuesto por el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Supremo N° 005-2020-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2020-MIDIS, de acuerdo al detalle siguiente:

a) Consejería de prácticas saludables y orientaciones para prevenir el contagio y mitigar los efectos de la infección por coronavirus (COVID-19), según protocolo establecido por el Ministerio de Salud.

b) Identificación de signos de alarma para la infección por coronavirus (COVID-19).

c) Inmunización (neumococo e influenza, según esquema de vacunación vigente).

d) Seguimiento de casos probables e investigación de contactos intradomiciliarios.

e) Identificación y gestión de alertas sobre situaciones de riesgo en la población objetivo.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

1883740-1