Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Pallpata, provincia de Espinar, departamento de Cusco
Resolución N° 0281-2020-JNE
Expediente N° JNE.2020029339
PALLPATA - ESPINAR - CUSCO
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO
PROCLAMADO
Lima, treinta y uno de agosto de dos mil veinte
VISTO el Oficio N° 174-2020-MDP/SG, recibido el 27 de agosto de 2020, a través del cual Benjamín Zegarra Quispe, secretario general de la Municipalidad Distrital de Pallpata, provincia de Espinar, departamento de Cusco, solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, debido a la declaratoria de vacancia de Alfonso Villagra Merma, alcalde de la citada comuna, por la causal de muerte, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
Mediante el Oficio N° 174-2020-MDP/SG, recibido el 27 de agosto de 2020, Benjamín Zegarra Quispe, secretario general de la Municipalidad Distrital de Pallpata, provincia de Espinar, departamento de Cusco, elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento de Alfonso Villagra Merma, alcalde de dicha comuna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), a fin de que se convoque al llamado por ley.
Dicha solicitud se sustenta en la declaratoria de vacancia, aprobada por el Concejo Distrital de Pallpata, a través del Acuerdo de Concejo N° 012-2020-MDP/CM, de fecha 26 de agosto de 2020. Asimismo, al citado pedido, se adjuntó copia del Acta de Defunción, expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como el comprobante de pago de la respectiva tasa electoral.
CONSIDERANDOS
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.
2. Por ello, mediante la Resolución N° 539-2013-JNE, de fecha 6 de junio de 2013, se consideró que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio contra la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos.
3. En ese sentido, estando acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia del Acta de Defunción, y en concordancia con la consulta en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que la citada autoridad edil falleció el 3 de agosto de 2020, luego de haberse declarado la vacancia, tal como consta en Acta de Sesión Extraordinaria y el Acuerdo de Concejo N° 012-2020-MDP/CM, ambos de fecha 26 de agosto del presente año, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Alfonso Villagra Merma.
4. En tal sentido, conforme lo dispone el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia del alcalde, este es reemplazado por el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que resulta procedente convocar a Bernardino Aqquepucho Chullunquia, identificado con DNI N° 29596018, para que asuma inmediatamente las funciones de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pallpata, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022.
5. Asimismo, para completar el número de regidores, corresponde convocar a Madai Peqqueña Suca, identificada con DNI N° 71994488, candidata no proclamada de la organización política Democracia Directa, a fin de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2019-2022.
6. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 22 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Espinar, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
7. Finalmente, se señala que la notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario oficial El Peruano.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Alfonso Villagra Merma como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pallpata, provincia de Espinar, departamento de Cusco, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causal de muerte, establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Bernardino Aqquepucho Chullunquia, identificado con DNI N° 29596018, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pallpata, provincia de Espinar, departamento de Cusco, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que lo faculte como tal.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Madai Peqqueña Suca, identificada con DNI N° 71994488, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pallpata, provincia de Espinar, departamento de Cusco, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal.
Artículo Cuarto.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Concha Moscoso
Secretaria General
1882911-1