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Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES

Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES

ORDENANZA Nº 435-MVES

Villa El Salvador, 31 de agosto de 2020

POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y,

VISTO: El Dictamen Nº 008-2020-CAPyP/MVES de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 857-2020-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 341-2020-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 121-2020-OPP/MVES de la Oficina de Planaemiento y Presupuesto, el Informe Nº 099-2020-UPEM-OPP-MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, sobre propuesta de Ordenanza que Modifica la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones aprobados con Ordenanza 369-MVES y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;

Que, el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el de “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local”; asimismo en su numeral 8) establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma, que señala que “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa”;

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública, establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias, siendo de aplicación en todas las dependencias de la administración pública a nivel nacional;

Que, con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración Pública y construir un Estado Descentralizado al servicio del ciudadano, se emitió la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado – Ley Nº 27658, instrumento legal que sustenta el proceso de modernización de la gestión pública a través de acciones de racionalización vinculadas a la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, príorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado mediante Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, precisando en su artículo 2º que la citada norma tiene por finalidad buscar que las entidades del estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía. Asimismo, esta norma regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, incluyendo a los gobiernos locales, siendo que en el literal c) de su artículo 45º, precisa que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Municipalidades y sus Organismos Públicos Locales debe ser aprobado mediante Ordenanza;

Que, el numeral 6.2.1) de la Directiva Nº 001-2018-PCM-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, aprobado mediante la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP, y modificada mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 003-2019-PCM/SGP, establece: “El expediente que sustenta la aprobación o modificación del ROF de un Gobierno Regional o de una municipalidad contiene la siguiente documentación, según corresponda: b) En caso de modificación parcial a la que se refiere el literal b) del numeral 46.1 del artículo 46º de los Lineamientos del Estado: b.1 El proyecto de ordenanza regional u ordenanza municipal, b2. El Proyecto de ROF, b3. El Informe Técnico por modificación parcial al que se refiere el artículo 48º de los Lineamientos de Organización del Estado, elaborado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial o la que haga sus veces del Gobierno regional o municipal proponente. Dicho informe podrá incluir el anexo que continene las Fichas Técnicas, b4. El Informe legal elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional o Municipalidad proponente, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización y la no duplicidad de funciones.”

Que, mediante Ordenanza Nº 369-MVES de fecha del 27 de enero de 2017, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión por resultados, de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que comprende Cinco (05) Títulos, Diez (10) Capítulos, Sesenta y Cinco (65) Artículos, Dos (02) Disposiciones Transitorias y Dos (02) disposiciones finales, el mismo que fue modificado mediante Ordenanza Nº 374-MVES, en el sentido del cambio de la denominación de la Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED, y CIAM) y otorgándole nuevas funciones, posteriormente con Ordenanza Nº 419-MVES de fecha 25 de octubre del 2019 se efectua modificación a la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones aprobados con Ordenanza 369-MVES, en virtud a cambios normativos y organizacionales que afectaron las competencias de las diferentes unidades orgánicas, asimismo se aprobó el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, a fin de contar con un instrumento de gestión unificado;

Que, mediante Informe Nº 099-2020-UPEM-OPP/MVES, la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, en cumplimiento de su función establecida en el numeral 27.19 del artículo 27º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, remite el proyecto de Ordenanza de modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado por Ordenanza Nº 369-MVES, y modificado por Ordenanza Nº 374-MVES y Ordenanza Nº 419-MVES, adjuntando el Informe Técnico elaborado conforme a lo dispuesto en el artículo 47º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, así como lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2018-PCM-SGP que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización; el mismo que sustenta la base de cambios normativos y organizaciones que han afectado las competencias de las diferentes unidades orgánicas, Informe que es ratificado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando Nº 121-2020-OPP/MVES;

Que, mediante Informe Nº 341-2020-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que la propuesta de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones elaborado por la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, cumple con lo establecido en la Directiva Nº 001-2018-PCM-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, modificada mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 003-2019-PCM-SGP y el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, precisando que se ha verificado que no se trasgrede en ninguno de sus artículos norma vigente y tampoco exista duplicidad de funciones entre las unidades orgánicas; asimismo, señala que resulta innecesaria la pre publicación de la norma dado que el proyecto de Ordenanza es un instrumento de gestión que regula la Organización, Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, ello conforme lo establece el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, por lo que emite opinión precisando que resulta legalmente procedente se remitan los actuados para que el Concejo Municipal de conformidad a su función establecida en el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, pueda aprobar la Modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones Aprobados con Ordenanza 369-MVES; conteniendo el Texto Integro del Reglamento de Organización y Funciones, cinco (05) títulos, nueve (09) capítulos, sesenta (60) artículos, dos (02) disposiciones transitorias y dos (02) disposiciones finales;

Que, con Memorando Nº 857-2020-GM/MVES la Gerencia Municipal, de conformidad a sus funciones establecidas en los numerales 14.13 y 14.20 del artículo 14º del Texto Integro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, da conformidad a la propuesta de Ordenanza que Modifica la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones aprobada con Ordenanza Nº 369-MVES y remite los actuados administrativos a la Secretaría General a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación;

Estando a lo expuesto, al Dictamen Nº 008-2020-CAPyP/MVES de la Comisión de Adminisración, Planeamiento y Presupuesto, en uso de las facultades conferidas en los numerales 3) y 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por Mayoría, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) CON ENFOQUE DE GESTIÓN DE RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR APROBADO CON ORDENANZA Nº 369-MVES

Artículo Primero.- MODIFICAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado por Ordenanza Nº 369-MVES y modificado por Ordenanza Nº 374-MVES y Ordenanza Nº 419-MVES, conforme se detalla en el Anexo Nº 01 y Nº 02 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- APROBAR el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, que consta de cinco (05) títulos, nueve (09) capítulos, sesenta (60) artículos, dos (02) disposiciones transitorias y dos (02) disposiciones finales; conforme se detalla en el Anexo Nº02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- DEROGAR el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 419-MVES, que aprobó el Texto Íntegro de Organización y Funciones – ROF.

Artículo Cuarto.- PRECISAR que las disposiciones municipales vigentes (ordenanzas, acuerdos de concejo, decretos de alcaldía, resoluciones de alcaldía, resoluciones gerenciales y/o subgerenciales entre otros) y documentos de gestión institucional aprobados antes de la vigencia e implementación de la presente Ordenanza, en donde se haga referencia a las denominaciones “Unidad de Presupuesto”, “Unidad de Programación Multianual de Inversiones”, “Unidad de Atención al Ciudadano, Gestión Documentaria y Archivo”, “Subgerencia de Registro Civil y Cementerio”, “Subgerencia de Ejecutoría Coactiva”, “Subgerencia de Licencias, Autorizaciones e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones”, “Subgerencia de Parques y Jardines, Información y Evaluación Ambiental”, se entenderán como Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones, Unidad de Gestión Documentaria y Archivo, Area de Registro Civil, Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias, Subgerencia de Limpieza Pública, Parques y Evaluación Ambiental, respectivamente.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y a la Unidad Planeamiento Estratégico y Modernización, identificar los instrumentos de gestión que deban ser modificados en virtud a la nueva Estructura Orgánica y al Reglamento de Organización y Funciones considerando las modificaciones efectuadas con la presente Ordenanza, dando cuenta a la Gerencia Municipal.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnologico, la publicación de la presente Ordenanza, el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa el Salvador (www.munives.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe).

Artículo Séptimo.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Octavo.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad de Villa El Salvador, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

C. KEVIN YÑIGO PERALTA

Alcalde

1882581-1