Designan responsables titular y alterna del Libro de Reclamaciones del Ministerio
Resolución Ministerial
N° 201-2020-TR
Lima, 4 de setiembre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, y modificatorias, establece que “las entidades de la Administración Pública, señaladas en los numerales del 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar además información relativa a su identidad y aquella otra información necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado”;
Que, el artículo 5 de la norma citada en el considerando precedente, señala que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 303-2019-TR, se designa como responsables del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a la señora Julia Delia Cabrera Hernando y al señor Tomás Villagra Perona, como responsables titular y alterno, respectivamente, del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, por convenir al servicio, resulta necesario emitir el acto de administración que designe a los nuevos responsables, titular y alterno, del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, que establece la obligación de las entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la señora AMPARO MERCEDES TINEO URRUTUA y a la señora JULIA GLADYS ALVAREZ MEDINA, como responsables titular y alterna, respectivamente, del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quienes deberán velar por su correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos que fuesen registrados en dicho Libro de Reclamaciones.
Artículo 2.- Dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 303-2019-TR.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1882621-1