Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Asia

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 del distrito de Asia

ORDENANZA Nº 005-2020-MDA

Asia, 31 de julio del 2020

EL CONCEJO EN PLENO DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE ASIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de Julio del 2020.

VISTOS:

El informe Nº 002-2020-CODISEC-ASIA/ST, de fecha 29 de julio del 2020, emitido por Secretaria Técnica de Seguridad Ciudadana y Serenas, Opinión Legal Nº 095-2020-GAJ/MDA, de fecha 31 de julio del 2020;

CONSIDERANDO:

Que, según lo dispuesto en el Artículo 1954º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, que establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27933, ley de Seguridad Ciudadana, señala que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en su jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el Concejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), teniendo a su cargo también la supervisión y evaluación en su ejecución, y el literal a) del artículo 18º de la misma Ley establece que las atribuciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, son aprobar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana de sus correspondientes jurisdicciones, en concordancia con las políticas contenidas en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, informando al Concejo Nacional de seguridad ciudadana;

Que, el literal e) del Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, señala que la Secretaria Técnica es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación, encargado de proponer al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) la política, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana; Asimismo, como la Secretaria Técnica del CODISEC, la Gerencia Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Asia tiene función de presentar al Concejo Municipal el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal;

Que, de acuerdo con el Artículo 46º del reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, indica: “Los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el que hacer en materia de seguridad ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben elaborarse bajo un enfoque descentralizado de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género”. Con fecha 21 de junio de 2019, mediante decreto Supremo Nº 013-2019-IN, se aprueba el “Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023”, constituyéndose como el principal documento de gestión del Estado peruano fortalecer la seguridad de la población frente al conjunto de delitos que se desarrollan en el territorio nacional;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, de fecha 20 de diciembre de 2019, se aprobaron diversa Directivas, entre las cuales, la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, el cual tiene por objeto establecer disposiciones técnicas para que los comités distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acciones de Seguridad Ciudadana;

Que, respecto a la Formulación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, el numeral 7.3) del Artículo 7º de la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, indica: “las actividades del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana están alineados a los planes operativos interinstitucionales y considera a la incorporación de las actividades que correspondan a entidades públicas representadas por los miembros que integran el CODISEC y otros que atiendan el problema público identificado con recursos asignados por el Gobierno Nacional(…)”;

Que, mediante el Acta de la Sesión, de fecha 23 de julio del 2020, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), bajo la presidencia del señor alcalde José Tomas Alcántara Malásquez y con el quórum reglamentario de los señores integrantes, se aprobó la Actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana;

Que, mediante Informe Nº 002-2020-CODISEC-ASIA/ST, de fecha 29 de julio del 2020, emitido por el Sub Gerente de Seguridad Ciudadana en calidad de Responsable de Secretaria Técnica del Comité distrital de seguridad ciudadana en calidad de responsable de Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Asia, comunica que se ha cumplido con aprobar la Actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021, por lo que corresponde al Concejo Municipal de Asia proceder con su aprobación;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que las Ordenanzas Distritales son normas de carácter genera de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN

DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2021

DEL DISTRITO DE ASIA

Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE ASIA, correspondiente al año 2021, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza, en cumplimiento de lo establecido en la ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de seguridad ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos y Subgerencia de Seguridad Ciudadana y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística y Gobierno Digital la publicación del integro de este documento en el portal de la Municipalidad de Asia y en el Portal del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JOSÉ TOMÁS ALCÁNTARA MALÁSQUEZ

Alcalde

1881629-1