Ordenanza que modifica y actualiza la estructura organizativa y funcional del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia - SIREPI
ORDENANZA REGIONAL
Nº 452-2020/grp-cr
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demás normas Complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el numeral 1 artículo 2º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos señala que los Estados partes están comprometidos a garantizar y respetar los derechos reconocidos por el mencionado documento;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el literal a) del artículo 15º establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 60º en su inciso h) establece como función de los Gobiernos Regionales el formular y ejecutar políticas y acciones para que la asistencia social se torne productiva para la Región, con protección y apoyo a los niños, jóvenes y adolescentes;
Que, con Ordenanza Regional Nº 223-2011/GRP-CR, se crea el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que gestiona de manera concertada y articulada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la Región Piura, cuya finalidad es garantizar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efectivo a oportunidades de desarrollo integral. Asimismo, tiene como objetivo general, impulsar y fortalecer la articulación y concertación entre el Gobierno Regional, Gobiernos Locales y Gobierno Nacional, para mejorar la calidad de vida de niñas y niños de la Primera Infancia de la Región Piura;
Que, con Decreto Supremo Nº 010 – 2016-MIDIS, se aprueba los Lineamientos para la Gestión Articulada Intersectorial e Intergubernamental orientada a Promover el Desarrollo Infantil Temprano, denominados “Primero la Infancia”, en el marco de la política de desarrollo e inclusión social, señalando como objetivo general establecer los lineamientos que orienten el logro de resultados e intervenciones que garanticen el desarrollo infantil temprano. Es de aplicación por las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales y se dan por el nivel de participación y responsabilidad que deben asumir en el diseño, implementación y evaluación de las intervenciones identificadas para el DIT. Los roles que desempeñan dichas entidades son diferenciados y complementarios a la vez. Por un lado, el rol de diseño de los lineamientos y de los contenidos de las intervenciones es ejercido por las entidades del gobierno nacional, en coordinación con los niveles regional y local. En tanto, los roles de provisión, articulación en el territorio y seguimiento y evaluación son ejercidos plenamente por los tres niveles de gobierno, con énfasis y participaciones diferenciadas en función a las intervenciones específicas y la normatividad vigente;
Que, con Decreto Supremo Nº 003-2019-MIDIS, se aprueba la Estrategia de Gestión Territorial “Primero la Infancia”, con el propósito de efectivizar, con carácter de prioridad, el acceso al paquete integrado de servicios priorizados, que contribuyen al desarrollo de las niñas y los niños desde la gestación hasta los 5 años de edad, a través de la gestión articulada de las entidades que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local, fortaleciendo las sinergias y eliminando las duplicidades, de acuerdo con sus roles y capacidades, siendo de aplicación a nivel nacional y alcanza a todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno. Asimismo, dispone que en el nivel regional cada Gobierno organiza y lidera una Instancia de Articulación Regional responsable de la articulación y seguimiento de acciones que aseguren las condiciones para la entrega oportuna, en su territorio, del Paquete Integrado a cada niña y niño desde la gestación hasta los 5 años de edad. En caso de existir en el ámbito regional una instancia de articulación, el Gobierno Regional podrá atribuirle la responsabilidad de acciones que aseguren las condiciones para la implementación de la Estrategia de Gestión Territorial “Primero la Infancia” a nivel regional, precisando que el nivel regional cumple un doble rol, por un lado, articula los lineamientos de política que desde el nivel nacional se emiten, y por otro, articula y atiende las demandas que surgen desde el nivel local, a partir del análisis de cuellos de botella de la prestación del Paquete Integrado;
Que, con Resolución Suprema Nº 023-2019-EF, se aprueba el Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano. Estableciendo respecto a la articulación intersectorial e intergubernamental, que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, como responsable del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, emitirá disposiciones para la articulación y actuación conjunta para la implementación del citado Programa, coordinando y articulando para tal efecto con las entidades participantes de la provisión de los productos del referido Programa, en todas las fases del proceso presupuestario;
Que, con Informe Técnico Nº 02-2020/GRP-430410-GRV, de fecha 10 de marzo de 2020, mediante el cual la Dirección Ejecutiva del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI, emite opinión técnica para la modificación de la Ordenanza Regional Nº 223-2011/GRP-CR, que crea el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, en su estructura organizativa y funcional;
Que, mediante Informe Nº 40-2020/GRP-430300 de fecha 11 de junio de 2020, mediante el cual la Sub Gerencia Regional de Normas y Supervisión de la Gerencia Regional de Desarrollo Social emite opinión técnica favorable para la modificación y actualización de la Ordenanza Regional Nº 223-2011/GRP-CR, que crea el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia;
Que, a través del Informe Nº 499 -2020/GRP-460000, de fecha 01 de julio del 2020, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye que en atención a la normatividad vigente y al sustento técnico de la Dirección Ejecutiva del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI y Sub Gerencia Regional de Normas y Supervisión de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, se debe continuar con el trámite de aprobación de Ordenanza Regional que apruebe la modificación de la Ordenanza Regional Nº 223-2011/GRP-CR, en cuanto a su organización e instancias de articulación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI, conforme a la propuesta detallada en el Informe Técnico Nº 02-2020/GRP-430410-GRV de fecha 10 de marzo de 2020 e Informe Nº 40-2020/GRP-430300 de fecha 11 de junio de 2020;
Que, la Comisión de Desarrollo Social, con Dictamen Nº 002-2019-GRP/CR-CDS, de fecha 21 de julio del 2020, concluyó que conforme al marco normativo citado deviene aprobación de una Ordenanza Regional que modifica y actualiza la estructura organizativa y funcional del sistema regional de atención integral de la primera infancia;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº1660-2020/GRP-CR, de fecha 08 de abril del 2020, se aprueba que las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, así como las reuniones de comisiones ordinarias; se realicen utilizando los medios tecnológicos, informáticos y/o electrónicos, en tanto se encuentre vigente el estado de emergencia nacional decretado mediante Decreto Supremo No 044-2020-PCM -Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, y Declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), y el Decreto Supremo Nº 051-2020- PCM - Prórroga del Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM; con el propósito de cumplir sus funciones y prerrogativas otorgadas en la Ley Orgánica de gobiernos Regional – Ley Nº27867, y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR;
Que, entonces, por estas consideraciones y, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Virtual Nº07-2020, de fecha 24 de julio del 2020, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú modificada por la Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL:
ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA Y ACTUALIZA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA – SIREPI
Artículo Primero.- MODIFÍQUESE la Ordenanza Regional Nº 223-2011/GRP-CR que crea el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia - SIREPI, y apruébese su nueva estructura organizativa y funcional.
Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE la nueva estructura organizativa y funcional del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI, cuya rectoría está a cargo del Gobierno Regional Piura, quedando conformada de la siguiente manera:
• Comité de Alta Gerencia: Es la instancia técnica y decisora en la mejora de la implementación de las políticas y desarrollo de los procesos operativos para garantizar la entrega articulada y oportuna de los paquetes integrales de servicios a la Primera Infancia, y para el logro de los resultados del Desarrollo Infantil Temprano. Está conformada por el Gerente General Regional, Gerente Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerente Regional de Desarrollo Social, Gerente Regional de Desarrollo Económico, Director Regional de Salud, Director Regional de Educación y Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Tiene a su interior los siguientes órganos:
Equipo Regional de Seguimiento y Monitoreo a los Servicios públicos: Es el órgano encargado de desarrollar acciones de gestión de la información, seguimiento y monitoreo a los servicios públicos, priorizando intervenciones sectoriales e intergubernamentales en el territorio para el logro de los resultados del Desarrollo Infantil Temprano. Está integrado por el Equipo Técnico de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Sub Gerencia Regional de Supervisión y Normas, Equipos Técnicos de la Dirección Regional de Salud, Dirección Regional de Educación, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el/a Director(a) Ejecutivo(a) del Centro Estratégico de Planeamiento Regional – CEPLAR.
Equipo Regional de Seguimiento y Calidad de Gasto:
Es el órgano encargado de desarrollar acciones de seguimiento a la calidad de gasto, como una estrategia prioritaria que promueve la eficacia, eficiencia y equidad en la provisión de los servicios públicos dirigidos a la primera infancia. Está integrado por el Equipo Técnico de la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial.
• Dirección Ejecutiva: Es el órgano técnico ejecutivo, adscrito a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, que se encarga de conducir la planificación, organización, funcionamiento, seguimiento, evaluación y fortalecimiento del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, sus funciones y atribuciones y su conformación técnico-especializada. Asimismo, realiza las funciones de Secretaría Técnica a efectos de organizar las sesiones e implementar las políticas del Comité de Alta Gerencia, así como también presentará informes semestrales y anuales.
Artículo Tercero.- El Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia está conformado por las siguientes Instancias:
• Comité Regional de Primera Infancia.- Es la instancia responsable de gestionar la articulación intergubernamental y concertación social regional, entre las entidades del Estado, las organizaciones de la Sociedad Civil y el Sector Privado, para garantizar en el territorio la atención integral de la Primera Infancia, incidiendo en la mejora de la provisión de los paquetes integrales de servicios desde la gestación hasta los 5 años de edad, y en la mejora de los resultados del Desarrollo Infantil Temprano. Además, cumple un doble rol: i) articula los lineamientos de política que desde el nivel nacional se emiten, así como también de las políticas que se emitan desde el nivel regional y ii) articula y atiende las demandas que surgen desde el nivel local, a partir del análisis de cuellos de botella de la prestación de los paquetes integrales de servicios. Está conformado por el Gobierno Regional Piura: Gobernador Regional quien conduce y lidera la agenda política y su implementación, los Gerentes Regionales de Desarrollo Social, Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Económico, Directores Regionales Sectoriales de Salud; Educación; Vivienda, Construcción y Saneamiento y Agricultura; Gobiernos Locales Provinciales: Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de Piura, Sullana, Talara, Morropón, Sechura, Ayabaca, Huancabamba y Paita; Gobierno Nacional: Coordinadora Territorial de Enlace y Coordinadora Territorial de Incentivos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Coordinador Territorial del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, Coordinador Territorial del Programa Cuna Mas, Coordinador Territorial del Programa Qaly Warma, Coordinador Territorial del SISFOH, Coordinador Territorial del Programa PAIS, Oficinas Desconcentradas de RENIEC, Seguro Integral de Salud, Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, Coordinador Regional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Sociedad Civil: Decanos de los Colegios Profesionales de Médicos, Enfermeras, Nutricionistas, Obstetras, Psicólogos y de Profesores; Organizaciones No Gubernamentales: CIPCA, Progreso, Plan Internacional, Choice Humanitarian, SOLCODE, Programa Mundial de Alimentos; la Mesa de Lucha Contra la Pobreza, así como también el sector privado. Tiene como soporte al Equipo Técnico Regional de primera Infancia, responsable de desarrollar los procesos técnicos de articulación. Lo integran los representantes de las entidades, instancias, organizaciones de la Sociedad Civil y Espacios de Concertación del Comité Regional. Es conducido por la Secretaría Técnica representado por la Dirección Ejecutiva del SIREPI.
• Comité Provincial de Primera Infancia.- Es la instancia responsable de la gestión concertada y articulada de los paquetes integrales de servicios públicos de primera infancia a nivel provincial, así como también de desarrollar los procesos operativos y de mantenimiento, tales como procesos de planificación, provisión de recursos humanos, implementación con equipamiento e insumos críticos, seguimiento, monitoreo y evaluación, y gestión de la información territorial, con la finalidad de mejorar los resultados del Desarrollo Infantil Temprano. Está conformado por el Gobierno Local Provincial: el Alcalde Provincial y 02 (dos) regidores designados por Sesión de Concejo, Gobiernos Locales Distritales: los Alcaldes distritales y 02 (dos) regidores designados por Sesión de Concejo de cada Municipalidad Distrital; Gobierno Regional Piura: los Directores de las UGEL, Sub Regiones de Salud/Redes/Microredes, Agencias u Oficinas Agrarias; Gobierno Nacional: Representantes de los Programas Sociales del MIDIS: Juntos, Cuna Mas, Qaly Warma, PAIS, entidades desconcentradas en las provincias del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, RENIEC, Fiscalía de la Familia; organizaciones de la sociedad civil de nivel provincial y espacios de concertación. Lo preside y lidera el Alcalde Provincial. Tiene como soporte al Equipo Técnico Provincial de Primera Infancia, responsable de desarrollar los procesos técnicos de articulación. Lo integran los representantes de las entidades, instancias, organizaciones de la Sociedad Civil y Espacios de Concertación del Comité Provincial. Es conducido por la Secretaría Técnica representado por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial.
• Comité Distrital de Primera Infancia.- Es la instancia responsable de la gestión concertada y articulada en la entrega de los paquetes integrales de servicios públicos de primera infancia, así como también del proceso de actualización del Padrón Nominal a nivel distrital. Su rol fundamental es la de coordinar y articular con las entidades proveedoras de los servicios públicos, planificar y monitorear la provisión de estos servicios y coordinar y gestionar la mejora de la implementación de los servicios en términos de recursos humanos, equipamiento, insumos, infraestructura y mantenimiento, entre otros componentes de gestión, con la finalidad de mejorar los resultados del Desarrollo Infantil Temprano. Está conformado por el Gobierno Local Distrital: el Alcalde de la Municipalidad Distrital quien preside y lidera, acompañado por 02 (dos) regidores designados por Sesión Concejo; Gerente de Desarrollo Social, Gerente de Desarrollo Económico, Responsables de DEMUNA, ULE, ATM, OMAPED, Registro Civil; Gobierno Regional Piura: los Gerentes de los CLASS, Microredes de Salud o jefe del Centro de Salud; Director de la UGEL y/o Coordinador del Núcleo Distrital de Gestión Educativa, Jefes de las Oficinas o Sedes Agrarias; Gobierno Nacional: Representantes o gestores locales de los Programas Sociales del MIDIS: Juntos, Cuna Mas, Qaly Warma, PAIS, Sub Prefecto, Juzgados de Paz Letrados y no Letrados; organizaciones de la sociedad civil de nivel Distrital y espacios de concertación. Tiene como soporte al Equipo Técnico Distrital de Primera Infancia, responsable de desarrollar los procesos técnicos de articulación. Lo integran los representantes de las entidades, instancias, organizaciones de la Sociedad Civil y Espacios de Concertación del Comité Distrital. Es conducido por la Secretaría Técnica representado por la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital.
• Comité Comunal de Primera Infancia.- Es la instancia que concertada, articula y hace seguimiento nominal conjuntamente con todos los actores del Estado y las organizaciones sociales comunales a las niñas y niños menores de 5 años en la provisión de los paquetes integrales de servicios públicos de primera infancia a nivel comunal, dado que en este ámbito las entidades producen y proveen dichos paquetes integrales de servicios. Asimismo, cumple la función de vigilancia nutricional de la anemia. Desde este espacio organizacional de articulación, se gestionan procesos de articulación comunal que inciden prioritariamente en la entrega y uso de los paquetes integrales de servicios públicos, procurando que lleguen con la cobertura y la calidad previstas en sus respectivos protocolos. Lo integran los responsables de las IPRESS, Institución Educativa Inicial, la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento, las autoridades, dirigentes y representantes de las organizaciones sociales comunales. Lo preside el representante de una organización comunal elegida en asamblea general. Recibe asistencia técnica de la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital.
Artículo Cuarto.- Implementar estrategias y acuerdos intergubernamentales y de concertación social regional, entre las entidades del Estado, las organizaciones de la Sociedad Civil y el Sector Privado, con la finalidad de lograr un desempeño eficiente del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI.
Artículo Quinto.- DERÓGUESE toda norma regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la adecuación de los documentos de gestión, así como reglamentar el funcionamiento del Sistema Regional de Atención Integral de Primera Infancia en un plazo de 150 días calendarios, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Piura.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación
En Piura a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil veinte.
JOSÉ MARÍA LECARNAQUÉ CASTRO
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla con los apremios de Ley.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los diez días del mes de agosto del año dos mil veinte.
SERVANDO GARCÍA CORREA
Gobernador Regional
1881204-1