Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú al Reino de los Países Bajos e Italia en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú al Reino de los Países Bajos e Italia, en comisión de servicios

resolución ministerial

n° 773-2020-in

Lima, 2 de setiembre de 2020

VISTOS; el Oficio N° 599-2020-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001256-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 4749-2020-MP-FN-UCJIE-MPA (EXT.200-12, 233-15, 163-19), la Jefa de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación comunica al Ministerio del Interior el estado de las extradiciones pendientes de ejecutar desde la República Italiana, entre ellas, la entrega en extradición de la ciudadana peruana MILU VANESSA BARJA NUÑEZ, requerida por la Sala Penal Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur;

Que, a través del Oficio N° 6192-2020-SCGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOLL-DEPICJE, la Oficina Central Nacional INTERPOL-Lima, comunica la designación de la Teniente de la Policía Nacional del Perú FIORELLA ZORAIDA RAMOS-ITURBIDE PARADIZO y de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú MERLY CARRANZA DELGADO para que viajen en comisión de servicios, del 03 al 09 de setiembre de 2020, a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, a fin de recepcionar, custodiar y trasladar a nuestro país a la ciudadana peruana MILU VANESSA BARJA NUÑEZ;

Que, en el mencionado Oficio se indicó que dada la prohibición de la República Italiana de permitir el ingreso de peruanos a su territorio por motivo de la Pandemia COVID -19, de manera excepcional el Coronel de la Policía Nacional del Perú EDINSON ROBERTO HERNANDEZ MORENO y el Comandante de la Policía Nacional del Perú ENRIQUE ARTURO GAMBOA ZAPATA, quienes se encuentran en misión diplomática en la República Italiana, viajarán de la ciudad de Roma a la ciudad de Milán y trasladarán a la extraditable desde la ciudad de Milán de la República Italiana hacia la Ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, del 08 al 09 de setiembre de 2020;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 94-2020-COMGENPNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Teniente de la Policía Nacional del Perú FIORELLA ZORAIDA RAMOS-ITURBIDE PARADIZO y de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú MERLY CARRANZA DELGADO, del 03 al 09 de setiembre de 2020, a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, y de manera excepcional, autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú EDINSON ROBERTO HERNANDEZ MORENO y el Comandante de la Policía Nacional del Perú ENRIQUE ARTURO GAMBOA ZAPATA, del 08 al 09 de setiembre de 2020, desde la ciudad de Roma vía Milán de la República Italiana a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, para que ejecuten la extradición antes citada;

Que, las labores del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, y los gastos por pasajes aéreos (ida y retorno) serán asumidos el Poder Judicial, conforme lo señala la Hoja de Estudio y Opinión N° 94-2020-COMGEN-DIRASINT-DIVABI;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Teniente de la Policía Nacional del Perú FIORELLA ZORAIDA RAMOS-ITURBIDE PARADIZO y de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú MERLY CARRANZA DELGADO, del 03 al 09 de setiembre de 2020, a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, y de manera excepcional, autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú EDINSON ROBERTO HERNANDEZ MORENO y del Comandante de la Policía Nacional del Perú ENRIQUE ARTURO GAMBOA ZAPATA, del 08 al 09 de setiembre de 2020, desde la ciudad de Roma vía Milán de la República Italiana a la ciudad de Ámsterdam del Reino de los Países Bajos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$

Días

Personas

Total US$

Viáticos

TNTE. PNP FIORELLA ZORAIDA RAMOS-ITURBIDE PARADIZO

S1 PNP MERLY CARRANZA DELGADO

Viáticos

CRNEL. PNP EDINSON ROBERTO HERNANDEZ MORENO

CMDTE. PNP ENRIQUE ARTURO GAMBOA ZAPATA

540,00

540,00

X

X

7

2

X

X

2

2

=

=

7 560,00

2 160,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE EDUARDO MONTOYA PÉREZ

Ministro del Interior

1881880-1