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Saturday, 25 de April 2026 - Diario digital del Perú

FE DE ERRATA

FE DE ERRATAS

DECRETO SUPREMO

Nº 030-2020-RE

Mediante Oficio N° 932-2020-DP-SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 030-2020-RE, publicado en la edición del día 21 de agosto de 2020.

En el cuarto considerando;

DICE:

“Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de diversos organismos internacionales;“

DEBE DECIR:

“Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de diversos organismos internacionales;”

En el Artículo 1;

DICE:

“Artículo 1. Modificación

Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia de la Protección de la Propiedad Intelectual, respecto de los siguientes organismos internacionales:”

DEBE DECIR:

“Artículo 1.

Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia de la Protección de la Propiedad Intelectual, respecto de los siguientes organismos internacionales:”

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