Viernes, 22 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ratifican el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pucusana 2020

Ratifican el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pucusana 2020

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 286-2020/MDP

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE PUCUSANA;

VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de junio de 2020, el Informe Nº 009-2020-CODISEC/MDP de fecha 12 de junio de 2020 emitido por el Responsable de la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana y el Informe Legal Nº 143-2020/GAJ/MDP de fecha 19 de junio de 2020 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú señala en su artículo 194º que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo IV del Título Preliminar y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción y que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, mediante Ley Nº 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en adelante SINASEC, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y el respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, en el marco de lo de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; asimismo, el literal d) del artículo 4º del citado cuerpo legal, señala que son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana;

Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital;

Que, el artículo 35º del Reglamento de la Ley Nº 27933, establece que la Dirección General de Seguridad Ciudadana mantiene relación técnica y funcional con los órganos de ejecución del SINASEC en el ámbito nacional, regional y local, sin afectar la relación jerárquica o administrativa que estos tienen al interior de las entidades a las cuales pertenecen, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana; y que para tal fin el Ministerio del Interior expide normas de obligatorio cumplimiento, así como recomendaciones dirigidas a los órganos de ejecución en los distintos niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-IN, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, en adelante PNSC 2019-2023, se aprobó el mencionado documento de gestión, el que constituye el principal instrumento del Estado Peruano para fortalecer la seguridad de la población frente a un conjunto de delitos en el territorio nacional y que incluye medidas que coadyuvarán a reforzar el orden, la paz y la seguridad en el país;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN de fecha 20 de diciembre del 2009, se aprueba la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”;

Que, mediante la Directiva precitada, tiene como finalidad garantizar el adecuado diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana elaborados bajo los enfoques del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, enfoque transversal de salud pública, enfoque territorial y descentralizado, enfoque transversal de articulación interinstitucional, enfoque de género, enfoque de interculturalidad, enfoque transversal de presupuesto, seguimiento y evaluación; y tiene alcance nacional, siendo de cumplimiento obligatorio, entre otros, por los órganos de ejecución de Seguridad Ciudadana del ámbito distrital, en el marco de sus competencias;

Que, mediante Informe Nº 009-2020-CODISEC/MDP de fecha 12 de junio de 2020, el Responsable de la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana solicita la ratificación del Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pucusana 2020, toda vez que, fue declarado apto por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana y aprobado por unanimidad por parte del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Pucusana;

Que, mediante Informe Legal Nº 143-2020/GAJ/MDP de fecha 19 de junio de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la solicitud de ratificación del Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pucusana 2020, ya que se enmarcaría en lo previsto por la normatividad de la materia;

Que, estando a lo señalado en los informes mencionados y las disposiciones legales citadas, se recomienda la aprobación de la Ordenanza Municipal que ratifica el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pucusana 2020;

ESTANDO A LO EXPUESTO Y CONFORME A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS Artículos 9º, 39º Y 41º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, SE APROBÓ LO SIGUIENTE:

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 286-2020/MDP QUE RATIFICA EL PLAN DE ACCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE PUCUSANA 2020

Artículo Primero: RATIFICAR el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pucusana 2020, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) de Pucusana, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría Técnica del CODISEC y a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero: ENCOMENDAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VÍCTOR ELOY ESPINOZA PEÑA

Alcalde

1881030-1