Designan Director Académico
RESOLUCIÓN N° 16-2020-AMAG-CD
Lima, 26 de agosto de 2020
VISTOS:
El Acuerdo adoptado en Sesión del Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 18-2018-AMAG-CD, de fecha 04 de diciembre de 2018, se designó al señor Hipólito Martín Rodríguez Casavilca, en el cargo de confianza de Director Académico de la Academia de la Magistratura;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto de Urgencia N° 041-95 de fecha 20 de julio de 1995, el personal de la Academia de la Magistratura, se regula por el régimen laboral de la actividad privada;
Que, el artículo 8° de la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura establece que el Director Académico es nombrado por el Consejo Directivo, y es un cargo de confianza;
Que, en sesión del Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura de la fecha, se acordó dejar sin efecto la designación efectuada mediante Resolución N° 18-2018-AMAG-CD, de fecha 4 de diciembre de 2018;
Que, en consecuencia, el Pleno dispuso dar continuidad a las labores inherentes al referido cargo, con la designación del señor Jorge Rosas Yataco, como funcionario responsable de la Dirección Académica, según propuesta formulada;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura, Ley N° 26335, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones y estando al acuerdo del Pleno del Consejo Directivo de la fecha del visto;
SE RESUELVE:
Arículo Primero.- DESIGNAR a partir del 27 de agosto de 2020, al señor JORGE ROSAS YATACO, en el cargo de confianza de Director Académico, Nivel F –B, Plaza N° 13 del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) vigente.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución N° 018-2018-AMAG-CD, de fecha 4 de diciembre de 2018, mediante la cual se designó en el cargo de confianza de Director Académico, al señor HIPÓLITO MARTÍN RODRIGUEZ CASAVILCA.
Artículo Tercero.- La entrega de cargo, para efectos de dar continuidad a las labores propias de la Dirección Académica, deberá realizarse con el funcionario designado en el artículo primero, y efectivizarse en el plazo máximo de 48 horas de emitida la presente Resolución, encontrándose sujeta a las verificaciones posteriores.
Artículo Cuarto.- El egreso que genere lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución se afectará al Grupo de Gastos:1 Personal y Obligaciones Sociales del Presupuesto correspondiente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PABLO WILFREDO SANCHEZ VELARDE
Presidente del Consejo Directivo
De la Academia de la Magistratura
1880932-1