Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría financiera
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 238-2020-SUCAMEC
Lima, 28 de agosto de 2020
VISTOS:
El Oficio Nº 000968-2019-CG/SGE de fecha 07 de noviembre de 2019; el Informe Técnico Nº 00105-2020-SUCAMEC-OGPP de fecha 25 de agosto de 2020; el Informe Legal Nº 00415-2020-SUCAMEC-OGAJ de fecha 27 de agosto de 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;
Que, mediante Oficio Nº 000968-2019-CG/SGE de fecha 07 de noviembre de 2019, la Secretaría General de la Contraloría General de la República solicita se proceda con efectuar la transferencia de recursos por el importe de S/ 33, 958.46 (Treinta y tres mil novecientos cincuenta y ocho con 46/100 Soles), el cual corresponde al 50% de retribución económica (incluido IGV) y 6% por Derecho de Designación o Supervisión;
Que, conforme lo establece el artículo 16º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control (en adelante, Ley), la Contraloría General es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos;
Que, el artículo 20º de la Ley, establece que las sociedades de auditoria, son personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas;
Que, el segundo párrafo del artículo 20º de la Ley, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir gastos que deriven de la contratación de sociedades de auditoria, previa solicitud de ésta, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso de Gobierno Nacional, requiriéndose en informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto y publicándose dicha resolución en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 711-2019-SUCAMEC, modificada por Resolución de Superintendencia Nº 753-2019-SUCAMEC, se realizó a la Contraloría General de la República el pago de S/. 33,958.46 (Treinta y tres mil novecientos cincuenta y ocho con 46/100 soles) correspondiente al 50% de la retribución económica (incluido IGV) y al 6% por Derecho de Designación o Supervisión, quedando pendiente el pago del 50% restante, cuya suma asciende a la cantidad S/. 28,219.00 (Veintiocho mil doscientos diecinueve con 00/100 soles);
Que, por medio del Informe Técnico Nº 00105-2020-SUCAMEC-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República a cargo del Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil-SUCAMEC, por la suma de S/. 28,219.00 (Veintiocho mil doscientos diecinueve con 00/100 soles), correspondiente al 50% restante, por la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Actividad Presupuestal Gestión Administrativa (Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias), destinado al financiamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoria Financiera que se encargará de las labores de control posterior externo a la SUCAMEC correspondiente al periodo 2019-2020;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Informe Legal Nº 00415-2020-SUCAMEC-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, resulta legalmente viable de aprobación la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría Financiera para el periodo 2019-2020 por el monto de S/. 28,219.00 (Veintiocho mil doscientos diecinueve con 00/100 soles), correspondiente al 50% restante;
Que, en ese sentido, corresponde a esta Superintendencia emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría Financiera por el monto de S/. 28,219.00 (Veintiocho mil doscientos diecinueve con 00/100 soles), correspondiente al 50% restante, no pudiendo ser destinados dichos recursos, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos;
Con el visado del Gerente General (e), del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera
Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del año fiscal 2020 del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil-SUCAMEC, por la suma S/. 28,219.00 (Veintiocho mil doscientos diecinueve con 00/100 soles), correspondiente al 50% restante, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del año fiscal 2020 del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, por la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Actividad Presupuestal Gestión Administrativa (Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias).
Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión
Remitir copia de la presente resolución a la Oficina General de Administración para que efectué las acciones administrativas que correspondan y al Órgano de Control Institucional para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 5.- Publicación
Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SAMUEL TUSE LLOCLLA
Superintendente Nacional
1880616-1