Lunes, 25 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de lMinisterio de Justicia y Derechos Humanos en el marco de lo dispuesto por el D.U. N° 063-2020 para financiar una entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de lo dispuesto por el D.U. N° 063-2020, para financiar una entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19

Resolución Ministerial

Nº 138-2020-MIDIS

Lima, 31 de agosto de 2020.

VISTOS:

El Memorando Nº 490-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 244-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, el Informe Nº 083-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OP, emitido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que cuenta con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 285-2019-MIDIS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, correspondiente al Año Fiscal 2020, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, se dispone reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a financiar una entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19; asimismo, para dicho fin, se autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los funcionarios públicos, precisando que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 220-2020-EF se aprueban normas complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, precisándose en el artículo 5 que las transferencias financieras se efectúan en un plazo que no puede exceder del 30 de septiembre de 2020;

Que, mediante Oficios Nº 255 y 281-2020-MIDIS/PNCM/DE, Oficios Nº 000360 y 000384-2020-MIDIS/FONCODES/DE, Oficios Nº 000429 y 000511-2020-MIDIS/PNADP-DE, Oficios Nº 00508 y 00591-2020-MIDIS/P65-DE, Oficios Nº D000117 y D000145-2020-MIDIS/PNAEQW-UPPM, Oficios Nº 1006 y 1080-2020-MIDIS/PNPAIS-DE y Oficios Nº 000262 y 000319-2020-MIDIS/PNPDS-DE, las Unidades Ejecutoras: 003: Programa Nacional Cuna Más - PNCM, 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, 005: Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS, 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria PENSIÓN 65, 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, 008: Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS y 010: CONTIGO, respectivamente; y mediante Memorando Nº 555-2020-MIDIS/SG/OGRH e Informe Nº 082-2020-MIDIS/SG/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos del Pliego, en relación a la Unidad Ejecutora 001: Sede Central - MIDIS, comunican haber efectuado, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, la reducción a las remuneraciones e ingresos mensuales de sus funcionarios y servidores correspondientes a los meses de junio y julio de 2020, a fin de que se efectúe la transferencia financiera al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante Informe Nº 083-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, luego de la evaluación realizada en el marco de su competencia y funciones, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social al Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 194 260,00 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la reducción de las remuneraciones e ingresos mensuales de los funcionarios y servidores en los meses de junio y julio de 2020, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, para ser destinados a financiar una entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19;

Que, en virtud de lo antes expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 194 260,00 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar lo señalado en el párrafo precedente;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Oficina de Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Resolución Ministerial Nº 094-2020-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de S/ 194 260,00 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, para financiar una entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, según el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Acciones Administrativas

Remitir copia de la presente resolución a la Unidad Ejecutora 003: Programa Nacional Cuna Más - PNCM; a la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES; a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS, a la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria – PENSIÓN 65, a la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; a la Unidad Ejecutora 008: Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS; a la Unidad Ejecutora 010: CONTIGO y a la Oficina General de Administración de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central - MIDIS, para que realicen las acciones administrativas que correspondan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

1881064-1