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Aprueban el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional

Aprueban el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000096-2020-JNAC/RENIEC

Lima, 28 de agosto de 2020

VISTOS:

El Informe Nº 000002-2020/GG/RENIEC (24JUN2020) emitido por la Gerencia General; los Oficios Nº 016-2020-GG/MCSR/CG (24FEB2020) y Nº 100-2020-GG/MCSR/CG (21JUL2020) emitidos por el Coordinador General del Proyecto RENIEC-BID; la Hoja de Elevación Nº 000140-2020/GPP/RENIEC (22JUL2020) emitida por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 000010-2020/GPP/SGTPI/RENIEC (22JUL2020) emitida por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 000054-2020/GPP/SGP/RENIEC (07JUL2020) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 000027-2020/GPP/SGRM/RENIEC (13JUL2020) emitido por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; las Hojas de Elevación Nº 000264-2020/GAJ/RENIEC (01JUL2020) y Nº 000052-2020/GAJ/SGAJA/RENIEC (01JUL2020) y el Informe Nº 000866-2020/GAJ/SGAJA/RENIEC (03AGO2020) emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y la Hoja de Elevación Nº 000316-2020/GAJ/RENIEC (04AGO2020) emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, entre otras;

Que mediante el Decreto Supremo Nº 319-2018-EF de fecha 28DIC2018, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinados a financiar el Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”; asimismo, en su artículo 3º, se establece como Unidad Ejecutora del proyecto al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC;

Que mediante el Contrato de Préstamo Nº4297/OC-PE, suscrito el 06FEB2019, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, se establecen los términos y condiciones para el otorgamiento del préstamo destinado al financiamiento para la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”; precisándose en la Cláusula 4.02 de las Estipulaciones Especiales, que el Organismo Ejecutor del Proyecto es el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC;

Que a través de la Resolución Jefatural Nº 106-2019/JNAC/RENIEC (22JUL2019), el RENIEC formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 002 (UE002) “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales RENIEC”, la cual cuenta con personería jurídica y autonomía técnica, administrativa y financiera;

Que mediante la Resolución Jefatural Nº 104-2019/JNAC/RENIEC (16JUL2019) se aprobó el Manual Operativo del Proyecto MOP, correspondiente al Proyecto de Inversión Pública PIP “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”;

Que de conformidad con el documento de vistos la Gerencia General comunica que el Proyecto de Inversión Pública PIP “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, se encuentra en la actualidad en fase de ejecución, no obstante a ello, el mismo deberá ser actualizado debido a la necesidad de realizar mejoras para optimizar el ciclo operativo del proyecto, rediseñar la estructura organizacional interna y de línea, así como sus funciones y el perfil del personal involucrado sin la necesidad de realizar una variación del presupuesto establecido en el estudio de factibilidad del proyecto;

Que de conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y b) de la cláusula 4.06, Capitulo IV, del Contrato de Préstamo Nº4297/OC-PE, las partes convienen en que la ejecución del proyecto será llevada a cabo de acuerdo con las disposiciones del contrato y lo establecido en el Manual de Operaciones del Proyecto MOP, señalando que cualquier tipo de modificación del MOP, será con el consentimiento previo y por escrito del Banco; asimismo, el MOP deberá contener determinados elementos que determinaran su validez;

Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia General mediante el Informe Nº 000002-2020/GG/RENIEC (24JUN2020), el Banco Interamericano de Desarrollo BID a través de la Carta Nº 191/2020 (06FEB2020) ha brindado la “No Objeción” a las modificaciones al Manual de Operaciones del Proyecto propuestas por la Unidad Ejecutora 002 (UE002) del RENIEC, en ese orden de ideas, la respuesta brindada por la entidad financiera denota la aceptación y conformidad;

Que a través del Oficio Nº 016-2020-GG/MCSR/CG (24FEB2020) y del Oficio Nº 100-2020-GG/MCSR/CG (21JUL2020), el Coordinador General del Proyecto RENIEC-BID solicita a la Gerencia General y a la Gerencia de Planificación y Presupuesto del RENIEC, respectivamente, la aprobación de las modificaciones propuestas al MOP, asimismo, señala que se han realizado las coordinaciones pertinentes para su adecuación y las gestiones correspondientes para su aprobación;

Que a través del documento de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto da cuenta de las opiniones emitidas por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión, por la Sub Gerencia de Presupuesto y por la Sub Gerencia de Racionalización, las cuales otorgan viabilidad presupuestaria y técnica a las modificaciones del MOP propuestas y recomienda que se prosiga con el trámite de aprobación;

Que mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/JNAC/RENIEC, de fecha 05FEB2019, se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asuma interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asume las funciones que le corresponden por ley; y,

Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones y la estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC, de fecha 31MAY2016, y modificatorias; y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Segundo.- Encargar su ejecución al Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, como responsable de la Unidad Ejecutora 002 (UE002) “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales - RENIEC”.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO

Jefe Nacional (i)

1880761-1