Designan Juez Supernumerario del Juzgado Especializado Penal de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
Corte Superior de Justicia de Lima Sur
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 000409-2020-P-CSJLS-PJ
Villa María del Triunfo, 27 de agosto de 2020
VISTO:
Las Resoluciones Administrativas Nº 334-2010-CE-PJ, Nº 102-2020-P-CE-PJ y la Resolución Corrida Nº 000131-2020-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la cual fue publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac, Punta Hermoza, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos.
Mediante Resolución Administrativa Nº 102-2020-P-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, con fecha 25 de agosto de 2020, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial cesó por límite de edad, a partir del 29 de agosto del presente año, a la doctora Lita Biviana Sánchez Tejada, Jueza Especializada Penal de Chorrillos, quien se desempeñaba como Jueza Titular del Juzgado Especializado Penal del mismo distrito.
Por otro lado, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió la Resolución Corrida Nº 000131-2020-CE-PJ, por la cual autorizó a los Presidentes de Corte para que excepcionalmente, designen a trabajadores judiciales de su jurisdicción como jueces supernumerarios de paz letrado o especializados, siempre y cuando cumplan con los requisitos de Ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos. Además, designen a los abogados hábiles del nivel de juez superior como jueces supernumerarios especializados o mixtos.
En ese orden de ideas es que, en el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, se debe precisar que éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, verificada a través de su trayectoria profesional (antecedentes penales, judiciales y disciplinarias); además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial, y los requisitos exigidos por Ley.
En tal sentido, en aras de cautelar la correcta administración de justicia, corresponde designar al Juez o Jueza que se hará cargo del Juzgado Especializado Penal de Chorrillos, a partir del 29 de agosto del presente año.
El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los magistrados provisionales y supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional.
Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado Juan Carlos Romero Núñez, como Juez Supernumerario del Juzgado Especializado Penal de Chorrillos, a partir del 29 de agosto del presente año.
Artículo Segundo.- DISPONER que bajo responsabilidad la magistrada saliente, deberá de presentar el inventario de los expedientes correspondientes a su despacho, así como deberá de proceder a la entrega inmediata de la credencial de magistrada otorgada para el ejercicio de sus funciones, la misma que será devuelta a la Secretaría General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo.
Artículo Tercero.- DISPONER que tanto la Gerencia de la Administración Distrital como la Secretaría General de esta Corte, realicen las coordinaciones que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo que antecede, debiendo para ello tomar en cuenta los parámetros fijados en el “Plan de vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur con riesgo de exposición al COVID-19”.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, consejo Nacional de la Magistratura, Dirección General del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Lima Sur, Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerente de la Administración Distrital de esta Corte, Jefe de la Unidad de Administración y Finanzas, Jefa de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Área de Recursos Humanos, magistrados y personal jurisdiccional de esta Corte, para los fines pertinentes.
Regístrese, cúmplase, publíquese y archívese
JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL
Presidente de la CSJ de Lima Sur
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de
Lima Sur
1880526-1