Aprueban segunda modificación referida a actualizar la concesión eléctrica rural, solicitada por ERGON PERÚ S.A.C. y la Adenda N° 02 al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 094-2016
resolución directoral
n° 075-2020-MINEM/DGE
Lima, 31 de julio de 2020
VISTO: El Expediente N° 65372516 sobre concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministro en el proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red”-zona Norte, otorgada mediante Resolución Directoral N° 275-2016-MEM/DGE, la solicitud de modificación (actualización) de la mencionada concesión, presentada por ERGON PERÚ S.A.C.; y, el Informe N° 142-2020-MINEM/DGE-DCE;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Directoral N° 275-2016-MEM/DGE, publicada el 18 de noviembre de 2016, se otorga a favor de ERGON PERÚ S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministro en el proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red” Zona Norte, aprobándose el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 094-2016 (en adelante el CONTRATO);
Que, mediante la Resolución Directoral N° 0122-2017-MEM/DGE, publicada el 04 de julio de 2017, se aprueba a favor de ERGON PERÚ S.A.C. la primera modificación de la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministro en el proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red” Zona Norte, suscribiéndose la Adenda N° 01 al CONTRATO;
Que, mediante la Carta N° P001-C1N-ERG-MEM-C-004-2018 con registro N° 2848860 de fecha 03 de setiembre de 2018, ERGON PERÚ S.A.C. solicita la actualización de la concesión eléctrica rural con la finalidad de establecer al 31 de julio de 2018, un acumulado de 21,018 usuarios al servicio de electricidad en el área del proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red” (Zona Norte) que abarca los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Amazonas, Loreto, La Libertad, San Martín y Ancash, cuya alta comercial ha sido verificada por las empresas públicas de distribución en conformidad con el contrato de inversión suscrito entre ERGON PERÜ S.A.C. y la Dirección General de Electrificación Rural en representación del Estado Peruano;
Que, al verificar que la solicitud de modificación (actualización) de la concesión eléctrica rural presentada por ERGON PERÚ S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, se emite el Informe N° 142-2020-MINEM/DGE-DCE, a fin de aprobar la Adenda N° 02 al CONTRATO, la misma que ERGON PERÚ S.A.C. deberá elevar a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, concordante con lo establecido en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;
De conformidad con el artículo 20 de la Ley General de Electrificación Rural;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la segunda modificación referida a actualizar la concesión eléctrica rural, solicitada por ERGON PERÚ S.A.C. y la Adenda N° 02 al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 094-2016, a fin de modificar las Cláusulas Primera y Quinta, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Suscribir como Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, en representación dl Estado, la Adenda N° 02 aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación del artículo 31 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural.
Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Adenda N° 02, referida en el artículo 1, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Directoral a ERGON PERÚ S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ OPORTO VARGAS
Director General
Dirección General de Electricidad
1879084-1