Aprueban otorgamiento de subvención a universidad privada
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 089-2020-CONCYTEC-P
Lima, 21 de agosto de 2020
VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 034-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 082-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 3 de mayo de 2020, autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2020, al CONCYTEC a realizar transferencias ?nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, incluidas las universidades públicas, u otorgar subvenciones a favor de universidades privadas para el co?nanciamiento de programas o proyectos que resulten ganadores de la Convocatoria del Esquema Financiero E067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19” y sus modalidades, siendo una de estas el Esquema Financiero E067-2020-02 denominado “Proyectos Especiales: Modalidad – Necesidades Emergentes al COVID-19”;
Que, asimismo, dicho Decreto Legislativo dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del/la Titular del Pliego CONCYTEC, previo informe de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cienti?fico, Tecnolo?gico y de Innovacio?n Tecnolo?gica – FONDECYT, de la Oficina de Presupuesto y de la Oficina de Asesori?a Juri?dica o las que hagan sus veces en el Pliego, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano y se realizan sin contar con la previa suscripción del convenio respectivo entre el FONDECYT y las entidades públicas o universidades privadas, debiendo suscribirse los convenios correspondientes en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario posteriores a la culminación del Estado de Emergencia Nacional establecido mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y las normas que lo prorrogan, o un (1) mes antes de que concluya el programa o proyecto de investigación que se co?nancia lo que ocurra primero;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, modificada mediante Resoluciones de Presidencia Nº 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019 y 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020;
Que, el numeral 7.2 de la Directiva, modificado a través del Artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020, establece en la Segunda Disposición Complementaria Final un procedimiento para la ejecución de las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco del Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1473, de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, incluidas las universidades públicas, así como las universidades privadas;
Que, los literales b) y c) del numeral 7.2 de la Directiva, señalan que corresponde a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, validar el Plan Operativo de cada uno de los Proyectos de Investigación ganadores de la Convocatoria, para cuyo efecto realiza las coordinaciones con los subvencionados beneficiarios, así como solicitar la certificación presupuestal correspondiente;
Que, el literal d) del numeral 7.2 de la Directiva, señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto evalúa y aprueba la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario. Asimismo, el literal e) del citado numeral, establece que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica serán los responsables de elaborar y suscribir el Informe Técnico – Legal que sustenta la transferencia financiera y/o el otorgamiento de subvención, al cual se adjuntará el proyecto de Resolución de Presidencia elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, siendo los montos considerados en el Informe Técnico - Legal los indicados por la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;
Que, mediante el Proveído Nº 082-2020-FONDECYT-DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe el otorgamiento de la subvención a una universidad privada por un importe total ascendente a S/ 269,936.08 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Novecientos Treinta y Seis y 08/100 Soles), señalando que permitirá cofinanciar uno de los proyectos declarados beneficiarios del concurso del Esquema Financiero E067-2020-02 denominado “Proyectos Especiales: Modalidad – Necesidades Emergentes al COVID-19”, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 034-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar el otorgamiento de la subvención a una universidad privada, para el desarrollo del proyecto señalado en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 925-2020, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2020-FONDECYT-DE, que aprueba el listado de beneficiarios del concurso del citado esquema financiero;
Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP y modificatorias, en las bases del concurso, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar el desembolso solicitado en el mencionado Informe Técnico Legal;
Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC cumplen con el informe favorable requerido por el citado Decreto Legislativo Nº 1473;
Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar el otorgamiento de la subvención a una universidad privada, para cofinanciar el proyecto citado en el Informe Técnico Legal mencionado;
Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley Nº 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, y sus modificatorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia Nº 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia Nº 116-2018-CONCYTEC-P;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de la subvención a una universidad privada, por la suma total de S/ 269,936.08 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Novecientos Treinta y Seis y 08/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) del Decreto Legislativo Nº 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”, aplicable a las modalidades de dicho esquema financiero, conforme a lo siguiente:
Nº |
Tipo |
Proyecto |
Denominación |
Entidad |
Nº de Convenio |
Monto Total del desembolso en Soles S/ |
1 |
Subvenciones a universidades privadas |
Proyecto |
Validación clínica de la plataforma UnCovid para la detección molecular de SARS-CoV-2 |
Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. |
070-2020 |
269,936.08 |
TOTAL |
269,936.08 |
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO
Presidenta
1879156-2