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Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería; para contar con asesoría y realizar el diagnóstico técnico de plantas de generación de oxígeno

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, para contar con asesoría y realizar el diagnóstico técnico de plantas de generación de oxígeno

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 643-2020/MINSA

Lima, 18 de agosto del 2020

Visto, el Expediente Nº 20-055792-001, que contienen el Informe Nº 513-2020-OP-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Memorando Nº 1695-2020-DGOS/MINSA y Nº 1844-2020-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud; y, la Nota Informativa Nº 591-2020-OGAJ/MINSA emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1168-2019/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2019, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2020 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, el artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 066-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para incrementar la producción y el acceso a sistemas de oxígeno medicinal para el tratamiento del coronavirus y reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del estado de emergencia nacional por el COVID-19, autoriza al Ministerio de Salud a suscribir convenios de cooperación interinstitucional con universidades públicas, con la finalidad de contar con asesoría técnica, dotación de servicios y otros, vinculados a la ejecución de los alcances del precitado Decreto de Urgencia;

Que, asimismo el artículo 9 del citado Decreto de Urgencia establece que el Ministerio de Salud queda autorizado a realizar transferencias financieras a favor universidades públicas, a fin de cubrir los costos operativos en los que dichas universidades incurran en el marco de lo dispuesto en dicho artículo, las que se aprueban mediante resolución del Titular del Ministerio de Salud, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en el marco de la norma antes citada, el 24 de junio de 2020 se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud – MINSA y la Universidad Nacional de Ingeniería para contar con asesoría para realizar el diagnóstico técnico de las plantas de generación de oxígeno, detalladas en su Anexo, y se mantiene vigente hasta 90 días calendario contados a partir de la fecha de su suscripción, de acuerdo a lo pactado en la cláusula novena del Convenio;

Que, el artículo 20 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias financieras;

Que, a través de los Memorando Nº 1695-2020-DGOS/MINSA y Nº 1844-2020-DGOS/MINSA la Dirección General de Operaciones en Salud, sustenta la necesidad de gestionar una transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, a efectos de contar con asesoría para realizar el diagnóstico técnico de las plantas de generación de oxígeno, detalladas en el Anexo I, que forma parte del precitado Convenio, comforme al artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 066-2019, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para incrementar la producción y el acceso a sistemas de oxígeno medicinal para el tratamiento del coronavirus y reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del estado de emergencia nacional por el COVID-19;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe Nº 513-2020-OP-OGPPM/MINSA, emite opinión favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 30 894,50 (TREINTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 50/100 SOLES) la cual representa el 25% del importe total del convenio celebrado con la Universidad Nacional de Ingeniería por el importe de S/ 123 578,00 (CIENTO VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería; para contar con asesoría y realizar el diagnóstico técnico de las plantas de generación de oxígeno detalladas en el Anexo I que forma parte del precitado Convenio;

Con los vistos de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Secretaria General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto de Urgencia Nº 066-2020 que dicta medidas extraordinarias para incrementar la producción y el acceso a sistemas de oxígeno medicinal para el tratamiento del coronavirus y reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del estado de emergencia nacional por el COVID-19, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central - MINSA hasta por la suma de S/ 30 894,50 (TREINTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 50/100 SOLES), a favor del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería; para contar con asesoría y realizar el diagnóstico técnico de las plantas de generación de oxígeno detalladas en el Anexo I que forma parte del Convenio suscrito entre el Ministerio de Salud y la Universidad Nacional de Ingeniería.

Artículo 2.- Financiamiento

El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central - MINSA, del Pliego 011: Ministerio de Salud, según el detalle señalado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo

El Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Operaciones en Salud y las Unidades Orgánicas competentes en la presente transferencia financiera, son responsables del monitoreo, seguimiento para los cuales se realiza la presente transferencia.

Artículo 5.- Información

La Unidad Ejecutora 001: Administración Central – MINSA, remitirá a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MINSA, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería, para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 066-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para incrementar la producción y el acceso a sistemas de oxígeno medicinal para el tratamiento del Coronavirus y reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del Estado de Emergencia Nacional por el COVID-19.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PILAR ELENA MAZZETTI SOLER

Ministra de Salud

1878784-1