Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Porto Alegre, República Federativa de Brasil, con jurisdicción en los Estados de Rio Grande do Sul y Santa Catarina
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 085-2020-re
Lima, 19 de agosto de 2020
VISTA:
La propuesta de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares para formalizar el nombramiento de un Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Porto Alegre, República Federativa de Brasil, con jurisdicción en los Estados de Rio Grande do Sul y Santa Catarina;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo 053-2015-RE, se estableció la circunscripción del Consulado del Perú en la ciudad de Porto Alegre, República Federativa de Brasil, en los Estados de Rio Grande do Sul y Santa Catarina;
Que, mediante Resolución Suprema N° 165-2018-RE, publicada el 25 de agosto de 2018, se dieron por terminadas las funciones del señor Adroaldo Carlos Aumonde, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Porto Alegre, con jurisdicción en los Estados de Rio Grande do Sul y Santa Catarina;
Que, a través de la Embajada del Perú en Brasilia, República Federativa de Brasil, el coordinador General de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil ha dado anuencia al nombramiento del señor Renato Muzi Da Silva como Cónsul Honorario del Perú en Porto Alegre;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, y del Consulado General del Perú en San Pablo, República Federativa de Brasil, Jefatura de los Servicios Consulares del Consulado en Porto Alegre;
De conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; y en el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, de 5 de octubre de 2005;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar al señor Renato Muzi Da Silva, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Porto Alegre, República Federativa de Brasil, con jurisdicción en los Estados de Rio Grande do Sul y Santa Catarina.
Artículo 2.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores
1878620-13