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Apueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Maynas

Apueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Maynas

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 005-2020-A-MPM

Iquitos, febrero 10 del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE MAYNAS

POR CUANTO:

EL CONCEJO PROVINCIAL DE MAYNAS

En Sesión Ordinaria de fecha 05 de febrero del 2020, mediante Acuerdo de Concejo Nº009-2020-SO-MPM, se aprobó la ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, en tal virtud, están facultada para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción, entre otros aspectos;

Que, la autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración y, normativos con sujeción al ordenamiento jurídico; es decir, que siendo un nivel de gobierno local, está obligada a cumplir las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como las normas de los Sistemas Administrativos del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972;

Que, los Sistemas Administrativos, por tanto, alcanzan a todo el Estado en sus diferentes niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Loca, siendo de aplicación a todas las Municipalidades sean estas Provinciales, Distritales y/o Centros Poblados; sistemas administrativos entre los cuales se encuentra el Sistema de Modernización de la Gestión Pública;

Que, con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración Pública y construir un Estado Descentralizado al servicio del ciudadano, se promulgo la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado – Ley N° 27658, instrumento legal que sustenta el proceso de modernización de la gestión pública a través de acciones de racionalización vinculadas a la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueban los “Lineamiento de Organización del Estado”, precisando en su artículo 2° que la citada norma tiene por finalidad buscar que las entidades del estado, conforme a tu tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; asimismo, en su artículo 43 dispone: “Reglamento de Organización y Funciones – ROF” “Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia”; de igual modo en su artículo 46° “Aprobación o modificación del ROF”, indica en su numeral 46.2 que, “La Oficina de Planeamiento o la que haga sus veces elabora un informe técnico que sustenta la propuesta de ROF. El contenido de dicho informe varía de acuerdo con el supuesto establecido en el numeral 46.1 que le resulte aplicable”;

Que, mediante D.S. N° 054-2018-PCM, modificado con D.S. N° 131-2018-PCM, que en su art. 52.- Publicación del ROF, numeral 52.1 señala que “los Ministerios y Organismos públicos del poder Ejecutivo, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales y sus organismos públicos deben publicar el dispositivo legal aprobatorio en el Diario Oficial El peruano. El texto íntegro de su ROF y su organigrama institucional se publican, en el Portal del Estado Peruano y en su Portal Institucional”;

Que, mediante la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 003-2018-PCM/SGP, se aprueba la Directiva N° 001-2018-PCM/SGP que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 009-2008-A-MPM, de fecha 05.06.2008 y publicado en el Diario “El Matutino” el 10.06.2008, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad provincial de Maynas, el cual consta de una parte Introductoria, 04 (cuatro) títulos, 77 (setenta y siete) artículos, y 01 Disposición Complementaria y 01 Anexo: Organigrama Estructural;

Que, mediante Informe N° 030-2019-ARyE-GPO-MPM, el Área de Racionalización y Estadística adscrita a la Gerencia de Planeamiento y Organización, remite el Informe Técnico Sustentatorio por modificación de la estructura orgánica en virtud al artículo 47 del D.S. N° 054-2018-PCM; así como también el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la municipalidad, y el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF); que forman parte del expediente del proyecto del ROF según Directiva N° 001-2018-PCM/SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del estado aprobado con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 003-2018-PCM/SGP;

Que, el Informe Legal N°754-2019-OGAJ-MPM del 28.11.2019; y que forma parte del expediente del proyecto ROF según Directiva acotada en el párrafo precedente. La Oficina General de Asesoría Jurídica, valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización y la no duplicidad de funciones;

Estando a lo expuesto en los considerandos y en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 3) y 8) del Artículo 9º y los Artículos 39º y 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; los señores regidores del Concejo Municipal aprobaron por Mayoría la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS

Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) y la ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS que consta de 02 (dos) títulos, 08 (ocho) capítulos y 125 (ciento veinticinco) artículos, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 009-2008-A-MPM de fecha 05 de junio de 2008, así como las demás disposiciones que se opongan o contradigan a la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial “El Peruano”; y a la Oficina General de Informática la publicación del texto íntegro del ROF y el Organigrama Institucional en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Organización, y a todas las Unidades Orgánicas, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Francisco Sanjurjo Dávila

Alcalde

1878073-1