Designan miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3
RESOLUCIÓN Nº 000092-2020-PRE/INDECOPI
San Borja, 11 de agosto del 2020
VISTOS:
El Memorándum Nº 000133-2020-GEG/INDECOPI, los Informes Nº 000120-2020-GRH/INDECOPI, Nº 000428-2020-GEL/INDECOPI, Nº 000072-2020-GEG/INDECOPI y Nº 000469-2020-GEL/INDECOPI; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;
Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;
Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional;
Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros;
Que, encontrándose vacante el cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3, resulta pertinente efectuar la reconformación de esta Comisión, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI;
Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 075-2020 del 30 de julio de 2020, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar a la señora Delia Angélica Morales Cuti como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente;
Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora Delia Angélica Morales Cuti como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3, con efectividad al día 17 de agosto del 2020.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Hania Pérez de Cuéllar Lubienska
Presidenta del Consejo Directivo
1876881-4