Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 093-2020-MDL
Lince, 7 de agosto de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LINCE
VISTO: El Memorándum N° 363-2020-MDL-GAF/SRH, de fecha 05 de agosto 2020, de la Subgerencia de Recursos Humanos y el Informe N° 048-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 06 de agosto de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 7º, numeral 7.1, del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, y mediante Ley Nº 27204 se precisó dicha norma señalando que el Ejecutor Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y que su designación no implica que dicho cargo sea de confianza;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatorias, establecen reglas de ingreso al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, para garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública, prescribiendo que el acceso a dicho régimen se realiza obligatoriamente mediante concurso público;
Que, a su vez, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con Informe Técnico Nº 987-2019-SERVIR/GPGSC, de fecha 28 de junio de 2019, señala que excepcionalmente, por causas debidamente justificadas, se podrá contratar Ejecutores Coactivos, mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS);
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 041-2020-MDL, de fecha 18 de febrero de 2020, se encargó a partir del 19 de febrero del año en curso, las funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a la Abog. MARÍA ROXANA HONORES NIERI;
Que, mediante el Memorándum N° 363-2020-MDL-GAF/SRH, de fecha de fecha 05 de agosto 2020, la Subgerencia de Recursos Humanos, comunica a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el nombre de la ganadora para el cargo de Ejecutor Coactivo, la Abog. SARITA DEL ROSARIO QUEVEDO PORTALATINO;
Que, mediante la convocatoria CAS N° 006-2020-MDL-GAF/SRH, de fecha 30 de julio de 2020, se declaró ganadora a la abogada SARITA DEL ROSARIO QUEVEDO PORTALATINO para la contratación administrativa de servicios de un Ejecutor Coactivo para la Subgerencia de Ejecución Coactiva;
Que, en concordancia con lo señalado, deberá dejarse sin efecto, a partir del 07 de agosto de 2020, la encargatura de las funciones de la Ejecutora Coactiva dispuesta por la Resolución de Alcaldía Nº 041-2020-MDL, de fecha 18 de febrero de 2020;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 08 de agosto de 2020, como EJECUTOR COACTIVO de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Lince, a la Abog. SARITA DEL ROSARIO QUEVEDO PORTALATINO, servidora contratada mediante el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, a partir del 07 de agosto de 2020, la Resolución de Alcaldía Nº 041-2020-MDL, de fecha 18 de febrero de 2020, que encargó a partir del 19 de febrero del año en curso, las funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a la Abog. MARÍA ROXANA HONORES NIERI.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Recursos Humanos, y demás unidades orgánicas que resulten competentes.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional http://www.munilince.gob.pe/.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICENTE AMABLE ESCALANTE
Alcalde
1876734-1