Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00061-2020-ARCC/DE

Modifican la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00061-2020-ARCC/DE

Resolución de Dirección Ejecutiva

Nº 00074-2020-ARCC/DE

Lima, 11 de agosto de 2020

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención;

Que, los recursos económicos que se requieran para la implementación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios son transferidos a las respectivas entidades ejecutoras de acuerdo al procedimiento y requisitos establecidos por el Reglamento de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM;

Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del referido Reglamento, establece que la documentación que las entidades ejecutoras deben adjuntar a su solicitud de financiamiento se encuentra descrita en el Anexo que forma parte de dicho cuerpo normativo, la cual tiene carácter de declaración jurada;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00061-2020-ARCC/DE, se modificó el Anexo del precitado Reglamento, cuyo texto forma parte integrante de dicha resolución;

Que, a fin de agilizar la ejecución de las intervenciones comprendidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios cuyas solicitudes de financiamiento fueron presentadas antes de la entrada en vigencia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00061-2020-ARCC/DE, resulta necesario modificar dicha norma;

Que, a la Directora Ejecutiva de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios le corresponde emitir resoluciones para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con lo previsto en el literal q) del artículo 11 del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00008-2020-ARCC/DE;

De conformidad con la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; con su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM; y con el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00008-2020-ARCC/DE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación de la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00061-2020-ARCC/DE

Modificar la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00061-2020-ARCC/DE, de acuerdo con el siguiente texto:

“DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

Única.- Aplicación del Anexo aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00086-2019-RCC/DE a solicitudes en trámite

Disponer que las solicitudes de financiamiento presentadas a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios antes de la entrada en vigencia del Anexo al que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, continúan con su trámite considerando lo previsto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00086-2019-RCC/DE.”

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y, en el mismo día, su publicación en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMALIA MORENO VIZCARDO

Directora Ejecutiva

Autoridad para la Reconstrucción con Cambios

1876820-1