Ratifican el “Acuerdo sobre actividades remuneradas para los familiares dependientes de los funcionarios internacionales del Centro Internacional de la Papa”
decreto supremo
n° 027-2020-re
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el “Acuerdo sobre actividades remuneradas para los familiares dependientes de los funcionarios internacionales del Centro Internacional de la Papa” fue suscrito por el Perú el 23 de diciembre de 2019, y por el Centro Internacional de la Papa el 14 de enero de 2020;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo sobre actividades remuneradas para los familiares dependientes de los funcionarios internacionales del Centro Internacional de la Papa” suscrito por el Perú el 23 de diciembre de 2019, y por el Centro Internacional de la Papa el 14 de enero de 2020.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de agosto del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores
1876767-4