Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ratifican la Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA) aprobada por la Primera Asamblea de la Alianza Solar Internacional

Ratifican la Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA) aprobada por la Primera Asamblea de la Alianza Solar Internacional

DECRETO SUPREMO

N° 023-2020-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA), tratado constitutivo de dicha organización internacional, fue suscrito por el Perú el 21 de junio de 2017.

Que la Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA), la cual consta en la Resolución de la India para la enmienda del Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional, fue aprobada por la Primera Asamblea de la Alianza Solar Internacional el 3 de octubre de 2018, de conformidad con el artículo XI, numeral 2 del referido Acuerdo Marco.

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación de dicha Enmienda;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifíquese la Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA) aprobada por la Primera Asamblea de la Alianza Solar Internacional el 3 de octubre de 2018.

Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro de la referida Enmienda, así como la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de agosto del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

Mario López Chávarri

Ministro de Relaciones Exteriores

1876539-6