RESOLUCIÓN Nº 000088-2020-PRE/INDECOPI
San Borja, 5 de agosto de 2020
VISTOS:
El Memorándum Nº 000111-2020-GEG/INDECOPI, los Informes Nº 000100-2020-GRH/INDECOPI, Nº 000378-2020-GEL/INDECOPI, Nº 000062-2020-GEG/INDECOPI y Nº 000463-2020-GEL/INDECOPI; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;
Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;
Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional;
Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros;
Que, encontrándose vacante el cargo de miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales, resulta pertinente efectuar la reconformación de esta Comisión, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI;
Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 073-2020 del 30 de julio de 2020, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Mario Antonio Zambrano Berendsohn como miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente;
Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor Mario Antonio Zambrano Berendsohn como miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Hania Pérez de Cuéllar Lubienska
Presidenta (e) del Consejo Directivo
1875776-2