Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen el embanderamiento pintado y/o limpieza de los inmuebles del distrito

Disponen el embanderamiento, pintado y/o limpieza de los inmuebles del distrito

ORDENANZA N° 282-2020/MDP

Pucusana, 10 de Julio del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PUCUSANA

POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pucusana, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 8 de Julio del 2020;

VISTO: El Informe Legal N° 157-2020/GAJ/MDP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N° 001-2020/GDEYS/MDP de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social y el Informe N° 012-2020-SG-MDP de Secretaria General.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de competencia, correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme a las garantías consagradas en el numeral 4 del Artículo 200º de nuestra Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 - establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa;

Que, el artículo 38º de la Constitución Política del Perú establece que es deber de todo peruano honrar al Perú y proteger los intereses nacionales, así como respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la nación;

Que, el numeral 12) y 16) del artículo 82º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades - señala que las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificación, registro, control, conservación y restauración e impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, limpieza, de conservación y mejora del ornato local;

Que, es política de la presente gestión municipal el reafirmar y fomentar entre los vecinos del Distrito de Pucusana los sentimientos de identidad nacional, así como la revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la patria, como medios para lograr la unión y prosperidad.

Que, el 28 de julio se celebra el aniversario de la proclamación de independencia del Perú, es la fecha que todos los peruanos recuerdan la unión patriótica, por el cual, es deber del gobierno local realizar los actos celebratorios por estos magnos acontecimientos, incentivando la participación cívica del vecindario y promover, incentivar y cultivar los valores cívico-patrióticos y religiosos, a fin de fortalecer la identidad cultural, a través del embanderamiento, el pintado y/o limpieza de las fachadas de los inmuebles del distrito; lo cual a su vez redunda en el mejoramiento del ornato local;

Que, el Informe Legal Nro. 157-2020/GAJ/MDP, de fecha 06 de julio del 2020, el Gerente de Asesoría Legal de la Municipalidad Distrital de Pucusana, OPINA de manera favorable a la solicitud contenida en los siguientes informes: a) Informe Nro. 001-2020/GDEYS/MDP, de fecha 06 de julio del 2020, y b) el Informe Nro. 012-2020-SG-MDP, de fecha 06 de julio, por los cuales se solicita aprobar la Ordenanza de embanderamiento, pintado y/o limpieza de las fachadas de los inmuebles del Distrito de Pucusana

Estando a lo expuesto, a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Concejo Municipal aprobó por MAYORIA CALIFICADA y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente Ordenanza;

ORDENANZA QUE DISPONE EL EMBANDERAMIENTO, PINTADO Y/o LIMPIEZA DE LOS INMUEBLES del DISTRITO DE PUCUSANA

Artículo 1º.- DISPONER el embanderamiento general y obligatorio de los predios públicos y privados (viviendas, Instituciones Públicas, Privadas, establecimientos Comerciales, etc.), ubicados en el Distrito de Pucusana, Provincia de Lima, Departamento de Lima, por motivo del aniversario de la proclamación de independencia del Perú.

Artículo 2º.- DISPONER que todos los vecinos del distrito procedan a limpiar y/o efectuar el pintado, lavado de puertas, ventanas, fachadas, techos y establecimientos comerciales con motivo de los actos celebratorios mencionados en el artículo Primero de la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Desarrollo Económico y Social, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, su cumplimiento, publicación y respectiva difusión.

Artículo 4º.- Derogar y Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo 5º.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase.

VICTOR ELOY ESPINOZA PEÑA

Alcalde (e)

1875679-1