Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Opinan favorablemente para que Banco Ripley Perú S.A. realice la emisión del Sexto Programa de Certificados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.

Opinan favorablemente para que Banco Ripley Perú S.A. realice la emisión del “Sexto Programa de Certificados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.”

RESOLUCIóN SBS Nº 01839-2020

Lima, 20 de julio de 2020

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por Banco Ripley Perú S.A. (en adelante, el Banco) para que se emita opinión favorable sobre el “Sexto Programa de Certificados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/ 400’000,000.00 (cuatro cientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, la Ley General), en el numeral 14 de su artículo 221º, concordante con el artículo 283º, faculta a las empresas bancarias a emitir y colocar certificados de depósito negociables;

Que, la emisión de instrumentos financieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232º de la Ley General, el cual establece que en la emisión en serie de instrumentos financieros de captación del ahorro del público que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la Superintendencia del Mercado de Valores procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18 de la Ley del Mercado de Valores;

Que, a su vez, la emisión de instrumentos financieros se rige por la Circular SBS Nº B-2074-2000 (en adelante, la Circular) y sus modificatorias;

Que, en la sesión de Directorio del Banco celebrada el 22 de abril de 2020, se aprobó la emisión del “Sexto Programa de Certificados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/ 400’000,000.00 (cuatrocientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos;

Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida según lo señalado en el Procedimiento Nº 25 “Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos financieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros” del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modificatorias, concordante con el numeral 2.1 de la Circular;

Contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, y la Superintendencia Adjunta de Riesgos; y,

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias;

RESUELVE:

Artículo Único.- Opinar favorablemente para que Banco Ripley Perú S.A. realice la emisión del “Sexto Programa de Certificados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/ 400’000,000.00 (cuatrocientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos.

Regístrese y comuníquese.

MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

1875843-1