Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 2 del OSCE
Resolución N° 041 - 2020 - OSCE/SGE
Jesús María, 6 de agosto de 2020
VISTO:
El Informe N° D000021-2020-OSCE-OPM de fecha 30 de julio de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Modernización;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);
Que, mediante Resolución N° 237-2019-OSCE/PRE, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, para el año fiscal 2020;
Que, mediante Resolución N° 016-2020-OSCE/SGE de fecha 30 de abril de 2020, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 1 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE;
Que, el numeral 6.3 de la Guía de Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modificada con Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017/CEPLAN/PCD, N° 00053-2018/CEPLAN/PCD, N° 00016-2019/CEPLAN/PCD y N° 00011-2020/CEPLAN/PCD, refiere que el Plan Operativo Institucional se modifica cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; b) Incorporación de nuevas Actividades Operativos e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del Plan Estratégico Institucional;
Que, el inciso c) del numeral 7.1.2 de la Directiva N° 002-2020-OSCE/SGE, Directiva para la Gestión del Planeamiento y del Presupuesto del Pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Resolución N° 008-2020-OSCE/SGE, dispone que el Plan Operativo Institucional Anual se modifica en las siguientes circunstancias: i) por cambios en la programación de las metas físicas relacionadas al mejoramiento continuo o, ii) por incorporación de nuevas actividades operativas e inversiones; por lo general por efecto de modificaciones presupuestarias;
Que, mediante el Informe N° D000021-2020/OPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización recomienda la aprobación de la modificación del Plan Operativo Institucional (POI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, para el año fiscal 2020, argumentando que la modificación permitirá efectuar un ordenamiento de las actividades y la asignación coherente de recursos presupuestarios para la ejecución y cumplimiento de las mismas, con una visión integrada de planeamiento y presupuesto;
Que, en el literal b) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución N° 002-2020-OSCE/PRE, se delega en la Secretaría General la facultad de aprobar las modificaciones del Plan Operativo Institucional (POI) del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE;
Con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Modernización, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; la Guía de Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modificatorias; la Directiva N° 002-2020-OSCE/SGE, Directiva para la Gestión del Planeamiento y del Presupuesto del Pliego 059 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado mediante Resolución N° 008-2020-OSCE/SGE; y la Resolución N° 002-2020-OSCE/PRE que aprueba la delegación de facultades para el año 2020;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 2 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, que modifica la programación de actividades operativas conforme a los Anexos B-5, adjuntos a la presente resolución, correspondientes a la Dirección de Arbitraje, la Dirección de Gestión de Riesgos y la Oficina de Administración.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Modernización el seguimiento periódico y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 2 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de sus anexos en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN BALTAZAR DEDIOS VARGAS
Secretario General
1875711-1