Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 078-2020-RE

Lima, 6 de agosto de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 014-2019-RE, de 23 de enero de 2019, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Antonio Lázaro Geldres;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0050-2019-RE, se fijó el 15 de marzo de 2019, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, por razones del Servicio, es necesario dar término a las funciones del referido funcionario diplomático como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia; y,

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Antonio Lázaro Geldres, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

MARIO LÓPEZ CHÁVARRI

Ministro de Relaciones Exteriores

1875937-14