Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Administrador II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima y Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles

Designan Administrador II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima y Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles

Resolución de Dirección Ejecutiva

N° 087-2020-JUS/PRONACEJ

Lima, 6 de agosto de 2020

VISTOS, el Informe N° 074-2020-JUS-PRONACEJ-UGMSI de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación; el Registro N° 6655 de la Unidad de Administración; el Informe N° 318-2020-JUS/PRONACEJ-UA-SRH de la Subunidad de Recursos Humanos; el Informe N° 178-2020-JUS/PRONACEJ-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2019-JUS se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (en adelante PRONACEJ) en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 040-2020-JUS/PRONACEJ, publicada el 7 de marzo de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, se designó al señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña en el cargo de confianza de Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura;

Que, el citado servidor ha formulado su renuncia a dicho cargo, la misma que ha sido considerada pertinente aceptar;

Que, se encuentra vacante el cargo estructural de Administrador(a) II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima del PRONACEJ, el cual tiene la clasificación de “Empleado de Confianza (EC)”, según el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del PRONACEJ, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0281-2019-JUS; por lo que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo;

Que, mediante el Informe N° 318-2020-JUS/PRONACEJ-UA-SRH, la Subunidad de Recursos Humanos, solicita aceptar la renuncia formulada por el señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña al cargo de confianza de Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau – Piura, e informa sobre (2) profesionales que cumplen con los requisitos básicos del cargo estructural exigido por el Manual de Clasificador de Cargos del PRONACEJ, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0196-2019-JUS, y su modificatoria, para desempeñar los cargos de confianza de Administrador(a) II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima del PRONACEJ y Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura, adjuntando los documentos correspondientes que lo acreditan, conforme a lo requerido por la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación en su Informe N° 074-2020-JUS-PRONACEJ-UGMSI;

Que, en cuanto a la disponibilidad presupuestal, la Subunidad de Recursos Humanos ha señalado en su referido Informe que “según lo manifestado por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum N° 286-2020-JUS/PRONACEJ, en mérito al Memorándum N° 165-2020-JUS/PRONACEJ, se verifica habilidad presupuestal para la designación del referido cargo estructural;

Que, conforme al Informe N° 178-2020-JUS/PRONACEJ-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable que la Dirección Ejecutiva emita el acto resolutivo que acepte la renuncia formulada por el señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña, al cargo de confianza de Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau – Piura; y designe al señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña en el cargo de confianza de Administrador II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima, y a la señor Elizabeth Paredes Nuñez en el cargo de confianza de Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau – Piura;

Con las visaciones de la Subunidad de Recursos Humanos, la Unidad de Administración, la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación y la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 0120-2019-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del PRONACEJ, y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña, al cargo de confianza de Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau – Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles, siendo su último día de labores el 5 de agosto de 2020, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar al señor EDSON ESTUARD ESPARTA MUCHAYPIÑA en el cargo de confianza de Administrador II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Designar a la señora ELIZABETH PAREDES NUÑEZ en el cargo de confianza de Administrador I del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA LUISA SILVA PEREDO

Directora Ejecutiva

Programa Nacional de Centros Juveniles

1875913-1