Designan a la Fiscalía Superior Mixta de La Convención para que asuma en grado los casos provenientes de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención, con excepción de las apelaciones
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 827-2020-MP-FN
Lima, 27 de julio de 2020
VISTOS:
Los Oficios N° 002775-2019-MP-FN-PJFSCUSCO, de fecha 3 de diciembre de 2019, y N° 002887-2019-MP-FN-PJFSCUSCO, de fecha 13 de diciembre de 2019, ambos emitidos por la doctora Nataly Ugarte Molina, Fiscal Superior Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, el Informe N° 41-2019-MP-FN-FSNC-EDCF, de fecha 20 de diciembre de 2019, emitido por el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios;
CONSIDERANDO
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2115-2016-MP-FN, de fecha 6 de mayo de 2016, se resolvió, entre otros, designar en el Distrito Fiscal de Cusco a la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco y a la Fiscalía Superior Mixta de la Convención, sede La Convención, para que conozcan en grado y en adición a sus funciones las investigaciones que provengan de las fiscalías provinciales especializadas en delitos de corrupción de funcionarios de dicha sede.
Con el Oficio N° 1171-2017-MP-PJFS-DFCUSCO-MP-FN, del 5 de abril de 2017, el entonces Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Cusco informó que el personal fiscal de la Fiscalía Mixta de La Convención que participa en las audiencias programadas por la Segunda Sala de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia de Cusco tiene que trasladarse desde la Convención a la ciudad de Cusco, situación que demandaba entre 14 a 15 horas de viaje.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3715-2017-MP-FN, de fecha 16 de octubre de 2017, se resolvió dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2115-2016-MP-FN, en el extremo que designó a la Fiscalía Superior Mixta de La Convención, sede La Convención, para que conozca en adición a sus funciones y en grado las investigaciones que provengan de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de dicha sede. Además, se dispuso que la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco, sede Cusco, asumiera en grado y en adición a sus funciones los casos nuevos que se generen en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención.
Mediante los oficios de vistos, la doctora Nataly Ugarte Molina, Fiscal Superior Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco y, a su vez, Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Penal de dicha sede, señala que, en virtud de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3715-2017-MP-FN, se remitió a la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco toda la carga (quejas, apelaciones, discrepancias, consultas y exclusiones) proveniente de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención, sin considerar que el traslado del personal fiscal de la Fiscalía Superior Mixta de La Convención a la ciudad de Cusco se realizaban únicamente para participar en las audiencias de apelación, que representarían el 10% del total de la carga fiscal. Agrega, además, que durante los años 2016, 2017, 2018 y 2019, la Fiscalía Superior Mixta de La Convención conoció menos del 50% de la carga procesal que la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco. Por lo que, solicita que la Fiscalía Superior Mixta de La Convención conozca en grado las investigaciones que provengan de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención.
A través del informe de visto, el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios emite opinión favorable sobre la propuesta planteada por la actual Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco; además, solicita que se encargue a la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco para que asuma en grado las audiencias relacionadas a las investigaciones por delitos de corrupción de funcionarios que provengan de La Convención, pero que se realicen en la ciudad de Cusco.
De los reportes estadísticos elaborados por la Oficina de Control de la Productividad Fiscal, anexos al Oficio N° 38-2020-MP-FN-OCPF, de fecha 22 de enero de 2020, se advierte que la Fiscalía Superior Mixta de La Convención registra 359 y 363 casos ingresados durante los años 2018 y 2019, respectivamente; a diferencia de las demás Fiscalías Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, que registran una carga procesal notablemente superior.
Al respecto, la decisión de trasladar toda la carga proveniente de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención a la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco se sustentó en el tiempo que demandaba el traslado del personal fiscal de la Fiscalía Superior Mixta de La Convención a la ciudad de Cusco para participar en las audiencias de apelación que programaba la Sala Penal de Apelaciones Permanente de Cusco; empero, dicha decisión no debió incluir a la carga procesal conformada por las elevaciones, consultas, discrepancias, exclusiones y cualquier otro incidente que es resuelto únicamente en el despacho Fiscal Superior de la sede La Convención.
La situación antes descrita ha generado disparidad en la distribución de la carga en estas fiscalías superiores, además habría originado barreras geográficas para los pobladores de La Convención, al tener que trasladarse a la ciudad de Cusco para conocer el estado de sus casos. Incluso, conlleva al traslado de las carpetas fiscales con recurso de elevación desde La Convención hacia el Cusco y viceversa, como se advierte en el informe de visto emitido por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Por lo que, resulta justificado que la Fiscalía Superior Mixta de La Convención asuma, nuevamente, el conocimiento de estos casos, a excepción de las apelaciones.
Debe precisarse que, la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco asumirá el conocimiento en grado y en adición de sus funciones de las apelaciones provenientes de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención; consecuentemente, participará en las audiencias que se programen en la ciudad de Cusco, para evitar el traslado de más de 10 horas del personal fiscal de la Fiscalía Superior Mixta de La Convención, con el significativo ahorro de recursos económicos, logísticos y tiempo.
La Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público es la responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones que considere pertinentes a fin de fortalecer la función fiscal y coadyuvar en la celeridad y eficiencia en el trámite de los delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Cusco, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito, así como aplicar criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
En consecuencia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 159° de la Constitución Política del Estado, artículo 63° del Código Procesal Penal de 2004 y el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052–Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3715-2017-MP-FN, de fecha 16 de octubre de 2017.
Artículo Segundo.- Designar a la Fiscalía Superior Mixta de La Convención para que, en adición a sus funciones y a partir de la vigencia de la presente resolución, asuma en grado los casos provenientes de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención, con excepción de las apelaciones.
Artículo Tercero.- Disponer que la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco, en adición a sus funciones y a partir de la vigencia de la presente resolución, asuma en grado las apelaciones de los casos provenientes de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención, que se tramitan con el Código Procesal Penal del 2004.
Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco que adopte las medidas pertinentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 157° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, Gerencia General, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de Productividad Fiscal y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación
1875612-1