Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI
RESOLUCIÓN N° 000083-2020-PRE/INDECOPI
San Borja, 4 de agosto del 2020
VISTOS:
El Memorándum N° 00129-2020-GEG/INDECOPI, los Informes N° 000118-2020-GRH/INDECOPI, N° 000425-2020-GEL/INDECOPI, N° 00069-2020-GEG/INDECOPI y N° 000453-2020-GEL/INDECOPI; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;
Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado a designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual, así como removerlos;
Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 162-2018-INDECOPI/COD, publicada el 18 de setiembre del 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se designó al señor José Carlos Velarde Sacio como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, con efectividad al 19 de setiembre de 2018;
Que, el señor José Carlos Velarde Sacio ha presentado su renuncia a la condición de miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi;
Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 069-2020 del 24 de julio de 2020, ha acordado aceptar la renuncia del señor José Carlos Velarde Sacio como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, encomendando al Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI emitir la resolución correspondiente;
Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; y, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 0004-2019-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.– Aceptar la renuncia presentada por el señor José Carlos Velarde Sacio como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, con efectividad al 13 de julio del 2020, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Presidenta (e) del Consejo Directivo
1875180-2