Autorizan transferencia financiera a favor de empresas prestadoras de servicios de saneamiento destinada al financiamiento de la supervisión de diversos proyectos de inversión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 182-2020-VIVIENDA
Lima, 3 de agosto de 2020
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establece que el citado Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 644 134 207,00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de diversos Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de proyectos de inversión e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) en materia de vías urbanas, planeamiento urbano y rural y conservación y ampliación de las áreas verdes y ornato público y saneamiento urbano y rural; siendo que el detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada se encuentra en su Anexo 2: “Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales para el financiamiento de inversiones”;
Que, el numeral 5 del artículo 42 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, establece que las empresas prestadoras tienen, entre otras funciones, aprobar y supervisar los proyectos a ser ejecutados por terceros dentro de su ámbito de responsabilidad;
Que, el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de Transferencias Financieras, entre otros, del MVCS para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS); las mismas que según el numeral 17.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial; disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que transfiere, con excepción del acápite v. del literal ñ) del numeral 17.1 del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; indicando a su vez que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;
Que, a través de los Informes Nºs. 142 y 145-2020-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, y el Memorándum Nº 769-2020-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), informa que en el marco del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, se aprobó la Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Provincial de Puno, de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, de la Municipalidad Distrital de San Ramón, de la Municipalidad Provincial de Cajamarca y de la Municipalidad Distrital de Parcona, para la ejecución de los proyectos de inversión que se detallan en el Anexo “Transferencia Financiera a favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para lo cual solicita aprobar la transferencia financiera de recursos a favor de cinco (05) EPS ahí indicadas, a fin que realicen la supervisión de los referidos proyectos, de acuerdo a su ámbito de responsabilidad; hasta por la suma de S/ 692 321,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; señalando que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente;
Que, con Memorándum Nº 890-2020-VIVIENDA/OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 230-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite la opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestaria 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría del Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias y Partida 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, hasta por la suma de S/ 692 321,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de las cinco (05) EPS que se detallan en el Anexo “Transferencia Financiera a favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento”, que forma parte de la presente Resolución Ministerial, destinados única y exclusivamente al financiamiento de la supervisión de los cinco (05) proyectos de inversión ahí señalados;
Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 692 321,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de las cinco (05) EPS que se detallan en el Anexo “Transferencia Financiera a favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento”, que forma parte de la presente Resolución Ministerial, destinados al financiamiento de la supervisión de los cinco (05) proyectos de inversión ahí señalados;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 y, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera
Autorizar la Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 692 321,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de cinco (05) Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, que se detallan en el Anexo “Transferencia Financiera a favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, destinados al financiamiento de la supervisión de los cinco (05) proyectos de inversión, señalados en dicho Anexo.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional Modificado para el Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría del Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias y Partida 2.4.2. Donaciones y Transferencias de Capital.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo
El Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para los cuales, se realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Anexo
Transferencia Financiera a favor de Empresas
Prestadoras de Servicios de Saneamiento
(En Soles)
Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano
Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios
Nº |
ENTIDAD HABILITADA |
CUI Nº |
PROYECTO |
MONTO A HABILITAR |
1 |
EMPRESA MUNICIPAL DE SANEAMIENTO BASICO DE PUNO S.A. |
2311215 |
AMPLIACION Y CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LAS URBANIZACIONES AZIRUNI III ETAPA (CIUDAD JARDÍN) Y SAN SANTIAGO DEL CENTRO POBLADO DE JAYLLIHUAYA, DISTRITO DE PUNO, PROVINCIA DE PUNO - PUNO |
264,525.00 |
2 |
EMPRESA DE SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CHINCHA S.A. |
2202592 |
AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL SECTOR MEDIA LUNA, DISTRITO DE GROCIO PRADO - CHINCHA - ICA |
179,170.00 |
3 |
ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SELVA CENTRAL S.A |
2225284 |
MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL SECTOR DE SAN JACINTO, DISTRITO DE SAN RAMON, PROVINCIA DE CHANCHAMAYO - JUNIN |
118,886.00 |
4 |
EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE CAJAMARCA S.A |
2411302 |
INSTALACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO SANITARIO EN LA LOTIZACION CAJAMARCA 2010 - SECTOR 24 LA VILLA DE HUACARIZ, PROVINCIA DE CAJAMARCA – CAJAMARCA |
89,008.00 |
5 |
EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE ICA S.A. |
2338223 |
CREACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL SECTOR LA FLORIDA LOTE 1, DISTRITO DE PARCONA - ICA - ICA |
40,732.00 |
TOTAL |
692,321.00 |
1875316-1