Ratifican el Addendum Nº 2 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al ‘Desarrollo económico sostenible y promoción de las PYMEs a nivel subnacional’
DECRETO SUPREMO
Nº 021-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Addendum Nº 2 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al ‘Desarrollo económico sostenible y promoción de las PYMEs a nivel subnacional’ fue suscrito por la Unión Europea el 20 de noviembre de 2019 y por la República del Perú el 16 de enero de 2020;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Addendum Nº 2 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al ‘Desarrollo económico sostenible y promoción de las PYMEs a nivel subnacional’ suscrito por la Unión Europea el 20 de noviembre de 2019 y por la República del Perú el 16 de enero de 2020.
Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del referido Addendum, así como la fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de agosto del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores
1875101-3