Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó la “Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias” y dejan sin efecto el Acuerdo N° 095-2015-CDAH
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 000121-2020-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 31 de julio de 2020
VISTOS:
El Memorándum Nº 000081-2020-SINEACE/P-DEC-ES, de la Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Básica y Técnico Productiva y la Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Superior; el Memorándum Nº 000304-2020-SINEACE/P-ST-OPP, de la Oficina de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº 0000141-2020-SINEACE/P-ST-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Sineace y sus antecedentes, emitidos a través del Sistema de Gestión Documental; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 6 de la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, prescribe que es función del Sineace definir y enunciar los criterios, conceptos, definiciones, clasificación, nomenclaturas y códigos que deberán utilizarse para la evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa, a fin de posibilitar la integración, comparación y el análisis de los resultados obtenidos;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº396-2014-MINEDU, de 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace;
Que, el numeral 1.1 del inciso 1 del artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, sobre el principio de legalidad, señala que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas;
Que, en ese sentido, el literal a) del numeral 5.1.1 de la Directiva Nº 003-2019-SINEACE/P “Directiva que regula la formulación y aprobación de Directivas en el Sineace”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Nº 000095-2019-SINEACE/CDAH-P, refiere que todas las dependencias del Sineace pueden formular un proyecto de directiva; siendo que, los numerales 5.1.4, 5.1.5 y 5.1.7 de la citada Directiva, precisan que deben mediar opinión favorable de la Oficina de Planificación y Presupuesto, a través de la Unidad de Modernización, y la Oficina de Asesoría Jurídica;
Que, de acuerdo con los artículos 50 y 52 de la “Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Ente Rector del Sineace”, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 038-2019-SINEACE/CDAH-P, son funciones de la Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Básica y Técnico Productiva y la Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Superior, en el ámbito de sus competencias, respectivamente, formular y proponer las normas y acciones referidas al proceso de evaluación con fines de certificación de competencias, tanto a personas con nivel de Educación Básica y Técnico Productiva como a profesionales técnicos o universitarios;
Que, mediante Memorándum Nº 000081-2020-SINEACE/P-DEC-ES las citadas Direcciones proponen la aprobación de la “Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias”, cuyo objetivo es establecer las normas y procedimientos referidos a los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias a nivel nacional, en el marco de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace;
Que, mediante Acuerdo Nº 095-2015-CDAH de sesión de fecha 27 de mayo 2015, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace aprobaron la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo”, los “Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Certificadoras de Competencias” y el “Compendio Técnico Normativo de Certificación Profesional”, modificado por el Acuerdo Nº 299-2017-CDAH, oficializados, respectivamente, a través de las Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nºs 081 y 082-2015-COSUSINEACE/CDAH-P y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 090-2015-COSUSINEACE/CDAH-P, modificada con la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº423-2017-SINEACE/CDAH-P, resaltando que dichos instrumentos normativos han sido regulados íntegramente por el proyecto de “Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación, y verificación de competencias”;
Que, a través del Memorándum Nº 000304-2020-SINEACE/P-ST-OPP, sustentado en el Informe Nº 000304-2020-SINEACE/P-ST-OPP-UM, de la Unidad de Modernización, la Oficina de Planificación y Presupuesto brinda opinión favorable sobre el acotado proyecto;
Que, mediante Informe Nº 0000141-2020-SINEACE/P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica manifiesta que el proyecto de “Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias” es acorde al ordenamiento jurídico, por lo que recomienda su aprobación;
Que, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc en ejercicio de sus facultades, en sesión de fecha15 de julio 2020, arribaron al Acuerdo Nº 105-2020-CDAH, mediante el cual se acordó aprobar la “Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias” dejando sin efecto el Acuerdo Nº 095-2015-CDAH de sesión de fecha 27 de mayo 2015, que aprobó i) la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo”, ii) los “Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Certificadoras de Competencias” y iii) el “Compendio Técnico Normativo de Certificación Profesional” y su modificatoria;
Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Oficina de Planificación y Presupuesto, Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Básica y Técnico Productiva, Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Superior y la Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Resolución Ministerial Nº396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo Nº 105-2020-CDAH, de la sesión de fecha 15 de julio 2020, mediante el cual los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace acordaron aprobar la “Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias”, así como dejar sin efecto el Acuerdo Nº 095-2015-CDAH de sesión de fecha 27 de mayo 2015, que aprobó i) la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo”, ii) los “Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Certificadoras de Competencias” y iii) el “Compendio Técnico Normativo de Certificación Profesional” y su modificatoria. La Directiva aprobada, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. - Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 081 y 082 -2015-COSUSINEACE/CDAH-P, y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº090-2015-COSUSINEACE/CDAH-P, modificada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº423-2017-SINEACE/CDAH-P.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y la “Directiva que regula los procesos de articulación, normalización, evaluación y certificación de competencias” en el Portal Web de la Institución (www.sineace.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
Sineace
1874668-1