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Aprueban la Nueva Estructura Orgánica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP) y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP) de la Municipalidad

Aprueban la Nueva Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP) y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP) de la Municipalidad

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 06-2020-MDH/CM.

Huata, 23 de julio de 2020.

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE HUATA

POR CUANTO:

Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 24, de fecha 18 de diciembre del 2019, el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 051-2019-CM/MDH, el Memorando Múltiple Nº 004-2020-MDH/ADM, el Informe Nº 044-2020-/MDH/RR.HH-EHHC, del Área de Recursos Humanos, el Informe Nº 057-2020/MDH/GPP, del Área de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 07-2020-MDH/AL, el Área de Asesoría Legal, el Memorando Nº 464-2020-MDH/ADM, emitido por el Administrador de la Municipalidad Distrital de Huata;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Nº 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 9º Numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el Artículo 40º de la norma en mención, que señala “Las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa (…)”;

EN LO QUE CORRESPONDE AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF):

Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en Proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo;

Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de la Administración Pública, en su Artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: (…) f) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones;

EN LO QUE CORRESPONDE AL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAPP):

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE se aprobó la actualización de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, en cuyo Numeral 7.5 se señala que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057 y en su anexo 4 se establecen consideraciones para la elaboración y aprobación del CAP Provisional;

Que, a su vez los numerales 1.1 y 1.5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, modificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, establecen entre los supuestos que habilitan a aprobar el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, cuando una norma sustantiva, durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057, ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su CAP vigente mediante un CAP Provisional, así como para el cumplimiento de una orden judicial que disponga la reincorporación de un servidor bajo los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos Nº 276 y 728;

EN LO QUE CORRESPONDE A LOS PERFILES DE PUESTOS DE LA ENTIDAD (PP):

Que, en virtud de lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 161-2013-SERVIR-PE, que aprobó la Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH, no es posible modificar el MOF aplicando la Directiva Nº 001-95-INAP/DNR – “Normas para la formulación del Manual de Organización y Funciones (MOF)”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR. En tal sentido, estos instrumentos de gestión se mantendrán vigentes, en tanto no se dé la aprobación del Manual de Perfil de Puestos como resultado del proceso de tránsito al nuevo régimen de la Ley del Servicio Civil;

Que, desde el 02 de enero de 2014, solo era posible modificar la descripción de los puestos contenidos en el MOF en caso las entidades públicas realizaran procesos de selección y utilizaran la metodología aprobada para la formulación de los perfiles de los puestos a convocar, conforme se indica en el artículo segundo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 161-2013-SERVIR/PE y en el numeral 6.1 de la Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH, precisados por el comunicado publicado en el Diario Oficial “EI Peruano” con fecha 07 de marzo de 2014;

Que, como consecuencia de lo descrito en el párrafo precedente, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR/PE, se ha aprueba, la Directiva “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP”, en el cual, en su Artículo 20º faculta a las entidades públicas a elaborar perfiles de puestos en los supuestos ahí mencionados. Siendo éstos los únicos casos en que es posible modificar la descripción de los puestos contenidos en el MOF;

Que, bajo el marco de lo expuesto, las Entidades no cuentan con base legal para elaborar o modificar su MOF; no obstante, para poder seguir gestionando, la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR, aprobó la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH - Normas para la Gestión del proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos-MPP, mediante la cual en su artículo 20º establece los supuestos para elaboración de perfiles de puestos no contenidos en el MPP;

Que, en esa medida, el Artículo 20º de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH - Normas para la Gestión del proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos-MPP, establece que, Procede la elaboración de perfiles de puestos conforme a lo establecido en este capítulo y el Anexo Nº 01 “Guía metodológica para el Diseño de Perfiles de Puestos para entidades públicas aplicable a regímenes distintos a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, siendo en los siguientes supuestos: a) Entidades públicas que no cuentan con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen: (i). Para contratar a servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276, 728 y 1057. (ii). LAS ENTIDADES PÚBLICAS QUE CUENTAN CON UN MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES y que aprueben o modifiquen su ROF/MOP o su CAP Provisional, respecto a aquellos cargos comprendidos en la respectiva adecuación estructural. (…);

Que, conforme a lo antes señalado, las Entidades pueden elaborar perfiles de puestos para regímenes distintos a la Ley Nº 30057, es decir, regímenes del Decreto legislativo Nº 276, Nº 728 y Nº 1057, en tanto se encuentren en uno de los supuestos señalados en el citado Artículo 20º de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH, para lo cual deberán utilizar el Anexo Nº 01 - Guía metodológica para el Diseño de Perfiles de Puestos para entidades Públicas, aplicable a regímenes distintos a la ley Nº 30057 - ley del Servicio Civil;

Que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 051-2019-CM/MDH, se aprueban los Instrumentos de Gestión y la Nueva Estructura Orgánica Funcional de la Municipalidad Distrital de Huata, siendo los siguientes: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Perfiles de Puestos (MPP), Reglamento Interno de Trabajadores (RIT), Reglamento Interno de Concejo Municipal (RIC), Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAPP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP), Reglamento de Control, Asistencia, Puntualidad y Permanencia (RAPP), Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS), Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), y adicionalmente se considera el documento de gestión denominado Perfiles de Puestos de la Entidad (PP), los mismo que serán implementado conforme a Ley;

Que, mediante el Memorando Múltiple Nº 004-2020-MDH/ADM, emitido por la Administración Municipal, pone a las Oficinas de Recursos Humanos, Planificación y Presupuestos y Asesoría Legal de esta entidad edil, emitan un informe pronunciándose respecto a la aprobación de los documentos de gestión para su implementación;

Que, mediante el Informe Nº 044-2020-/MDH/RR.HH-EHHC, el Área de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Huata, establece que, “se ha brindado acompañamiento técnico a los órganos y unidades orgánicas en la elaboración de los documentos de Gestión consistentes en: “Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP), y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP)” de la Municipalidad Distrital de Huata. Complementariamente, se ha verificado que las funciones de los perfiles de puestos formulados, se encuentran enmarcadas dentro de las funciones generales de cada unidad orgánica a la cual pertenecen, de igual forma se ha verificado que, no se presenta duplicidad en las funciones de los puestos frente a las desarrolladas por otro puesto del mismo o diferente órgano o unidad orgánica. Por tanto, Declara Procedente la Aprobación de los Documentos de Gestión consistente en: “Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP), y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP)” de la Municipalidad Distrital de Huata;

Que, mediante el Informe Nº 057-2020/MDH/GPP, el Área de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Huata, establece que, se ha efectuado la validación de la coherencia y alineamiento de los puestos de los regímenes distintos a la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil, con los documentos de gestión consistentes en “Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP), y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP)” de la Municipalidad Distrital de Huata, por lo que declara Procedente su aprobación;

Que, mediante el Informe Legal Nº 07-2020-MDH/AL, el Área de Asesoría Legal de la Municipalidad Distrital de Huata, previa revisión de los antecedentes, análisis y legislación correspondiente concluye que mediante Ordenanza Municipal se implementen la Nueva Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP), y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP) de la Municipalidad Distrital de Huata (…);

Que, mediante el Memorando Nº 464-2020-MDH/ADM, emitido por el Administrador de la Municipalidad Distrital de Huata, dispone a esta oficina de Secretaria General, proyectar Ordenanza Municipal que aprueba la Nueva Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP), y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP) de la Municipalidad Distrital de Huata, y demás actos admirativos que correspondan;

Que, Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 8) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, se aprueba la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA

NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES (ROF), EL CUADRO PARA

ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL

(CAPP), Y LOS PERFILES DE PUESTOS DE

LA ENTIDAD (PP) DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE HUATA

Artículo Primero.- APROBAR, la Nueva Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP), y los Perfiles de Puestos de la Entidad (PP) de la Municipalidad Distrital de Huata, documentos de gestión que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DISPONER, la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente norma Municipal.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Administración Municipal, que adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Huata, a los documentos de gestión aprobados con la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en la forma establecida por ley.

Artículo Quinto.- DISPONER, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a las áreas competentes, realizar las acciones administrativas correspondientes a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

POR TANTO MANDO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Wilmer Ulises Vilca Colquehuanca

Alcalde

1874612-1