Aprueban suscripción de la Décima Segunda Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú, respecto a la ejecución del Proyecto: “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP - San Bartolo” y autorizan transferencia financiera
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 663-2020-IN
Lima, 30 de julio de 2020
VISTOS; los Memorandos Nº 000339-2020/IN/OGIN y Nº 000431-2020/IN/OGIN de la Oficina General de Infraestructura; los Memorandos Nº 000025-2020/IN/OGPP/OP y Nº 000031-2020/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto, los Memorandos Nº 000615-2020/IN/OGPP y Nº 000801-2020/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Memorandos Nº 000431-2020-IN/OGAF y Nº 000521-2020-IN/OGAF y el Informe Nº 001055-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2020, se aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2020, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 2051-2019-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 417 755 340,00 (Diez mil cuatrocientos diecisiete millones setecientos cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y 00/100 soles) por toda fuente de financiamiento;
Que, a través del literal c) de la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2020, para aprobar transferencias financieras a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de administración de recursos y/o adendas conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 30356, con la Organización Internacional de Migraciones (OIM) para la continuidad de la ejecución del Proyecto “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo”, con Código 2235054. Asimismo, se dispone que la transferencia financiera autorizada se realiza mediante resolución del Titular del Pliego, que se publica en el diario oficial El Peruano, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho Pliego;
Que, con fecha 29 de enero de 2014, el Ministerio del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), suscribieron el Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú, el cual tuvo como objeto normar los mecanismos de cooperación entre las partes para: (i) Ejecutar los procesos de selección y adjudicación para la implementación de los Proyectos, entre otros: “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo” (con código SNIP 255985), y; (ii) Realizar la administración de recursos durante la selección y adjudicación y el proceso de ejecución de los contratos resultantes en el marco de los proyectos;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 30356, Ley que Fortalece la Transferencia y el Control en los Convenios de Administración de Recursos con Organizaciones Internacionales, establece los requisitos para la autorización y suscripción de convenios de administración de recursos (CAR), así como para sus modificatorias, disponiendo que previo a la suscripción del convenio resulta necesario contar con los informes favorables de las oficinas de presupuesto, de administración, de asesoría jurídica y la opinión favorable vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la necesidad y viabilidad del convenio y que mediante acto resolutivo de carácter indelegable, el titular de la entidad aprueba la suscripción del convenio, que también es aplicable para la suscripción de adendas;
Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 30356, aprobado por Decreto Supremo Nº 381-2015-EF, dispone que las adendas que se suscriban al convenio de administración de recursos (CAR) que modifiquen la finalidad, el alcance, metas generales y específicas, objetivos o plazo, deberán cumplir, para la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas con los requisitos establecidos en el referido Reglamento en lo que corresponda;
Que, con Informe Nº 000132-2020-IN/OGIN/UE032/PRESUP e Informe Nº 000153-2020/IN/OGIN/AL, el Ejecutivo de Presupuesto y el Ejecutivo del Área de Asesoría Legal de la Oficina General de Infraestructura, correspondientemente, concluyen que la entidad no se encuentra inmersa en la exigencia de la opinión previa del Ministerio de Economía y Finanzas, al no configurarse modificación alguna a los presupuestos establecidos en el artículo 7 del citado Reglamento de la Ley Nº 30356;
Que, con Memorando Nº 00023-2020/IN/OGIN la Oficina General de Infraestructura, remite la Disponibilidad Presupuestal correspondiente que permita continuar con los procedimientos para la suscripción de la adenda al convenio de Administración de Recursos suscrita entre la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) con el Ministerio del Interior, correspondiente al proyecto: “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo” (con código SNIP 255985), remitiendo adjunto la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000532, por el importe de S/ 398 772,83, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a su Presupuesto Institucional Modificado 2020;
Que, corresponde proseguir con el trámite correspondiente para la suscripción de la Décima Segunda Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú, respecto a la ejecución del Proyecto: “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo” (con código SNIP 255985);
Que, con Memorandos Nº 000339-2020/IN/OGIN y Nº 000431-2020/IN/OGIN, la Oficina General de Infraestructura comunica y remite el expediente administrativo con el cual se solicita la suscripción de la Décima Segunda Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú, respecto a la ejecución del Proyecto: “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo” (con código SNIP 255985), a fin de transferir recursos, por el importe de S/ 398 772,82 (Trescientos noventa y ocho mil setecientos setenta y dos con 82/100 soles), a favor de la OIM, con la finalidad de modificar el presupuesto referencial del convenio, a efectos de incluir el monto correspondiente a los reajustes proyectados para la ejecución y supervisión de obra, así como los mayores gastos generales derivados de las ampliaciones de plazo al contratista ejecutor de la obra y el monto a que asciende el 2% por los gastos administrativos a la OIM;
Que, a través de los Memorandos Nº 000615-2020/IN/OGPP y Nº 000801-2020/IN/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias en materia presupuestaria y en virtud de los Memorandos Nº 000025-2020/IN/OGPP/OP y Nº 000031-2020/IN/OGP/OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en cuanto a la disponibilidad presupuestal prevista en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020, a nivel de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, por la suma total de S/ 398 772,82 (Trescientos noventa y ocho mil setecientos setenta y dos con 82/100 soles), a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para la atención de los reajustes y gastos generales a las obligaciones contractuales del Proyecto “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo” (con código SNIP 255985);
Que, la propuesta de suscripción de la Décima Segunda Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú y la transferencia financiera a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), cuenta con las opiniones favorables de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de los Memorandos Nº 000615-2020/IN/OGPP y Nº 000801-2020/IN/OGPP, de la Oficina General de Administración y Finanzas a través de los Memorandos Nº 000431-2020-IN/OGAF y Nº 521-2020-IN/OGAF, de la Oficina General de Infraestructura con Memorandos Nº 000339-2020/IN/OGIN y Nº 000431-2020/I/OGIN y la Oficina General de Asesoría Jurídica con el Informe Nº 001055-2020/IN/OGAJ;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina General de Infraestructura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Suscripción de la Décima Segunda Adenda
Apruébase la suscripción de la Décima Segunda Adenda al Convenio Específico de Administración de Recursos para el fortalecimiento de la Policía Nacional para la seguridad y estabilización comunitaria del Perú, respecto a la ejecución del Proyecto: “Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo” (con código SNIP 255985), con la finalidad de modificar el presupuesto referencial del convenio, a efectos de incluir el monto correspondiente a los reajustes proyectados para la ejecución y supervisión de la obra, así como los mayores gastos generales derivados de las ampliaciones de plazo al contratista ejecutor de la obra y el monto a que asciende al 2% por los gastos administrativos de la OIM.
Artículo 2. Transferencia Financiera
Autorizar una Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año 2020 del Pliego 007: Ministerio del Interior, Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, por la suma de S/ 398 772,82 (TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 82/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 3. Limitaciones al Uso de los Recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Publicación
Publíquese la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).
Artículo 5.- Presentación de la Resolución
Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Infraestructura, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior para que efectúen las acciones que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE EDUARDO MONTOYA PÉREZ
Ministro del Interior
1874498-2